La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Abril de 2019 al 31 de Marzo de 2020.
El acuerdo contempla una recomposición salarial del 28% respecto a los salarios del mes de marzo/2019 en tres tramos no acumulativos según el siguiente detalle:
- 15% a partir del 1 de abril de 2019
- 8% a partir del 1 de julio de 2019
- 5% a partir del 1 de octubre de 2019
En tal sentido, se eleva el Ingreso Mínimo Global de Referencia a $ 22.243.- a partir del mes de abril de 2019, a $ 23.764.- a partir del mes de julio de 2019 y a $ 24.714.- desde el mes de octubre de 2019.
Por otro lado, las partes acuerdan una cláusula de revisión comprometiéndose a reunirse en el mes de noviembre/2019 dejándose aclarado que dicha revisión se adelantará si el nivel inflacionario a la fecha supera el 27%.
Por último, se acuerda el pago de una gratificación extraordinaria de $ 12.000.- a abonarse en seis cuotas de $ 2.000.- c/u a abonarse junto con las remuneraciones de mayo, junio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre/2019. Dicho importe será proporcional para quienes trabajen en jornadas de trabajo reducidas.
La mencionada gratificación no estará sujeta al pago de aportes y contribuciones a la seguridad social ni sindicales con excepción de la obra social.
Acuerdo 20/5/2019 28%
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