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Metalúrgicos. Rama Siderúrgica. C.C.T. N° 260/75. (U.O.M.R.A. – C.A.A. y C.L.I.M.A.) Homologación Acuerdos Noviembre 2012, Abril y Junio 2013. Incremento del 24%. Asignación No Remunerativa. Resolución S.T. N° 732/13. (B.O. 13/08/2013).

Con fecha 2 de julio de 2013 se registró la Resolución N° 732 de la Secretaría de Trabajo mediante la cual se declaran homologados los Acuerdos entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA) con la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) y el CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS (CLIMA), de fechas 22 de noviembre de 2012, 11 de abril de 2013 y 5 de junio de 2013 para todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo 260/75.


Con fecha 2 de julio de 2013 se registró la Resolución N° 732 de la Secretaría de Trabajo mediante la cual se declaran homologados los Acuerdos entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA) con la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) y el CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS (CLIMA), de fechas 22 de noviembre de 2012, 11 de abril de 2013 y 5 de junio de 2013 para todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo 260/75.

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Detalles de los nuevos Acuerdos:

* Se establece incrementar a la suma de $ 1.500.- el monto de la gratificación extraordinaria de naturaleza no remuneratoria pactada en la cláusula Tercera del acuerdo celebrado con fecha 31/5/2012 entre la CAA y la UOMRA.

* Se establece un incremento en los salarios de todas las categorías del 24%, respecto a los sueldos vigentes al 31 de marzo de 2013, el cual será abonado en 2 cuotas de manera no acumulativa, a saber:

– 17% a partir del 1 de abril de 2013,

7% a partir del 1 de julio de 2013.

* Se establece una asignación no remunerativa de carácter excepcional para todas las categorías de $ 1.400.- a abonarse en 2 cuotas iguales de $ 700.- a abonarse junto con las remuneraciones del mes de noviembre de 2013, la primera, y junto con las remuneraciones del mes de enero de 2014, la segunda.

* Se establece un ingreso mínimo global de referencia de $ 4.680.- a partir del mes de abril de 2013 y de $ 5.000.- a partir del mes de julio de 2013.

Documentos Adjuntos:

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Acuerdo Abril 2013

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Acuerdo Junio 2013 – Contribucion para Planes Sociales

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Acuerdo Junio 2013 – Incremento del 24% – Asignacion No Remunerativa

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Acuerdo Junio 2013

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Acuerdo Noviembre 2012

Metalurgicos – Rama Siderurgica – CCT 260-75 – Resolucion ST 732-2013 – Homologacion Acuerdos Noviembre 2012 y Junio 2013

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