Blog del Contador Planes de Suscripción


Metalúrgicos (Supervisores): Acuerdo con Aumento del 22% en Dos Tramos + Dos Sumas No Remunerativas de $ 2.000.- c/u. Nuevas Escalas Salariales desde Mayo y Agosto 2017 (CCT N° 275/75 y Relacionados)

La Asociación de Supervisores Mineros, Mecánicos y Metalúrgicos de la República Argentina (ASIMRA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 275/75, 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95 y 266/95 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Abril de 2018.


La Asociación de Supervisores Mineros, Mecánicos y Metalúrgicos de la República Argentina (ASIMRA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 275/75, 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95 y 266/95 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Abril de 2018.

En dicho acuerdo se estableció lo siguiente:

a) Incremento Salarial: Un aumento del 22% para todos los salarios básicos a pagarse en dos cuotas acumulativas según el siguiente detalle:

  • 11% sobre los sueldos básicos al 30 de Abril a pagarse desde el 1 de Mayo de 2017,
  • 11% sobre los sueldos básicos al 31 de Julio a pagarse desde el 1 de Agosto de 2017.

El monto a abonar retroactivamente se deberá abonar junto con las remuneraciones correspondientes a la primera quincena de Junio, sujeto a homologación del acuerdo.

b) Asignación No Remunerativa: las empresas abonarán una asignación no remunerativa de pago único y carácter excepcional de pesos cuatro mil ($ 4.000) para todos los trabajadores encuadrados en los Convenios Colectivos de Trabajo N° 275/75, 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95 y 266/95 la cual se abonará en dos cuotas de $ 2.000.- c/u junto con las remuneraciones de los meses de Enero y Marzo 2018.

c) Contribución Patronal Extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 275/75, 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95 y 266/95 realizarán una contribución extraordinaria, por única vez, la cual consistirá en el pago de una suma de $ 600.-, por cada trabajador, la que será abonada en seis cuotas mensuales iguales de $ 100.- c/u a pagarse desde el mes de Agosto de 2017.

d) Aporte Solidario: se establece un aporte solidario por parte de los trabajadores comprendidos en los Convenios Colectivos de Trabajo N° 275/75, 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95 y 266/95 al sector del 2,5% sobre las remuneraciones devengadas mensualmente a partir del mes de Mayo de 2017 hasta Abril de 2018.

[spoiler title=’DESCARGAR ACUERDO’ style=’orange’ collapse_link=’true’][/spoiler]

[spoiler title=’DESCARGAR ESCALA SALARIAL’ style=’orange’ collapse_link=’true’][/spoiler]

Homologación

El presente acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante Resolución N° 656/17 de la Secretaría de Trabajo de fecha 25/07/2017.

VER HOMOLOGACIÓN

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×