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La Justicia le Ordenó al Gobierno que Reglamente el Artículo de la Ley de Contrato de Trabajo que Obliga a los Empleadores a Habilitar Salas Maternales y Guarderías

La Sala I de la Cámara Contencioso Admisnitrativo Federal en el fallo correspondiente a la causa ETCHEVERRY, JUAN BAUTISTA Y OTROS c/ EN s/AMPARO LEY 16.986 determinó ordenar al Poder Ejecutivo Nacional que cumpla con la reglamentación del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo en el plazo de 90 días hábiles.

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Decreto 54/17. Se Establece la Obligatoriedad de Actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales. Se Crea el Autoseguro Público Provincial. Se Establecen Reformas a la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

Dispónese que la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contigencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

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Homologan Aumento del 35% para los Trabajadores Agrarios

A través de la Resolución N° 68/16 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario firmada en el día de ayer y no publicada aún en el Boletín Oficial, se oficializó el incremento del 35% en las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727 y su Decreto Reglamentario N° 301/13, para las categorías establecidas en la Resolución de la CNTA N° 4/98, en el ámbito de todo el país.

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Resolución 2/16 Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Se Incrementa el Salario Mínimo Vital y Móvil y la Prestación por Desempleo.

Fijase para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el ESTADO NACIONAL actúe como empleador, un SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL excluidas las asignaciones familiares, de conformidad con lo previsto en el artículo 140 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, de:

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