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Misiones: eliminan exención de ingresos brutos a ciertas inversiones financieras
Se elimina la exención para las operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina
Por: Marcos
Fecha de publicación: 14/06/2023 17:14 Hs.
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La Provincia de Misiones elimina la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos, a partir del anticipo Junio de 2023, para las operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.En efecto, a través de la Resolución 693/2023, el Ministerio de Hacienda provincial modificó el inciso d) del artículo 157° del Código Fiscal, quedando redactado de la siguiente manera:“d) Toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias y las Municipalidades, como así también las rentas producidas por los mismos o los ajustes de estabilización o corrección monetaria.Esta exención no alcanza a los títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina.Aclarase que las actividades desarrolladas por los agentes de bolsas y por todo tipo de intermediarios en relación con tales operaciones no se encuentran alcanzadas por la presente exención.”De esta forma se exceptúa de la exención establecida por dicho inciso a los títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina. Asimismo, se establece que a partir del anticipo Junio de 2023, la alícuota para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad de Operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina, será del ocho por ciento (8%).Esta medida se da en el marco del artículo 1° del Decreto N° 628/2023 del Poder Ejecutivo Provincial, mediante el cual se instruyó al Ministerio a ajustar la redacción del inciso d) del artículo 157° del Código Fiscal, a partir del 1° de Junio de 2.023, con respecto de las operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos, emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina. Finalmente, la DGR provincial, mediante Resolución General 6/2023 adopta el Código de Actividad N° 641944 para la liquidación del tributo y de acuerdo al siguiente cuadro de equivalencias:
Equivalencias con Códigos de la Ley XXII – No 25Equivalencias con Códigos de NAESClasificador Provincial de ActividadesConceptoAlícuota
659990649999641944Operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la República Argentina8,00%
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