Ubicados en el 6 de enero de 2021 podemos decir que el régimen simplificado de tributación en cuanto impuestos nacionales, más conocido como “Monotributo”, dispuesto por Ley 26.565, se encuentra en un momento crítico.
Este régimen se incorpora al marco normativo de la República Argentina en 1998 por Ley 24.977 orientado a acercar una “herramienta” legal que permita incorporar cultura tributaria a un colectivo de contribuyentes que podrían ser considerados fuera del sistema fiscal. En consecuencia, los objetivos principales estarían dados por impulsar a una mayor formalización de la economía pero sobre la base de obligaciones formales de carácter fiscal sumamente sencillas y asegurando beneficios generales para el trabajador de la pequeña economía.
Estamos frente a un proyecto legislativo que, en mi opinión, si bien reconoce los efectos nocivos del contexto COVID-19, sin dejar de destacar el evidente esfuerzo en reconocer las particularidades del contribuyente inscripto en el régimen simplificado – monotributo -, tengo para mí la sensación de que estamos a medio camino de lo que, en mi opinión, deberíamos perseguir en el sentido de ordenar nuestro régimen impositivo tan castigado.
No podemos pensar que estamos frente a un pequeño contribuyente donde, medido por facturación, un monto anual de $ 1.739.493,79 es considerado “pequeño contribuyente” y sobre ello aplicar un régimen fiscal sumamente beneficioso con más soportar los costos que significa un régimen jubilatorio que no ha sido financiado por el contribuyente y la protección del sistema de salud a quién no paga su costo contra un ingreso bruto, en misma actividad, valorado en $ 1.740.000,00 y, con ello, someter la contribuyente a la suerte del régimen general de tributación.
Leer artículo completo en la web del autor: http://www.sergiocarbone.com.ar/momentos-criticos-para-el-regimen-simplificado-monotributo.html