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Moratoria ampliada: tuvo dictamen en Diputados y se incluyeron beneficios para cumplidores ¿cuales son?

Moratoria ampliadaMoratoria ampliada: tuvo dictamen en Diputados y se incluyeron beneficios para cumplidores ¿cuales son?

Diputados del Frente de la Concordia Misionero y el bloque Córdoba Federal firmaron a favor del texto del oficialismo, que sufrió modificaciones. Juntos por el Cambio expresó su fuerte rechazo a mantener la inclusión de empresas en quiebra y presentó su propio despacho.


Moratoria ampliada: tuvo dictamen en Diputados y se incluyeron beneficios para cumplidores ¿cuales son?

Diputados del Frente de la Concordia Misionero y el bloque Córdoba Federal firmaron a favor del texto del oficialismo, que sufrió modificaciones. Juntos por el Cambio expresó su fuerte rechazo a mantener la inclusión de empresas en quiebra y presentó su propio despacho.

heller-moratoria-diputadosTras haber incorporado una serie de cambios al texto original, el Frente de Todos avanzó este martes con la firma del proyecto de moratoria, enviado por el Gobierno, y buscará aprobarlo este mismo viernes en el recinto, señala el sitio parlamentario.com.

El dictamen de mayoría propuesto por el oficialismo en la Comisión de Presupuesto y Hacienda reunió 27 votos a favor, mientras que Juntos por el Cambio presentó un despacho propio que alcanzó las 22 firmas.

Al Frente de Todos lo acompañó Diego Sartori (Frente de la Concordia Misionero), del interbloque Unidad Federal para el Desarrollo que conduce José Luis Ramón; y Pablo Cassinerio (Córdoba Federal), del Interbloque Federal comandado por Eduardo “Bali” Bucca.

Precisamente desde el Interbloque Federal, los diputados Jorge Sarghini y Graciela Camaño (Consenso Federal) -quienes no forman parte de la comisión- manifestaron sus diferencias con lo propuesto por el oficialismo y anticiparon que presentarían sus observaciones. Por lo tanto, se avecina para la sesión una votación dividida dentro de este espacio, que reúne 11 legisladores.

Aunque el Frente de Todos introdujo modificaciones, tales como incorporar beneficios a los contribuyentes cumplidores o eliminar que el Poder Ejecutivo tenga la facultad de prorrogar el régimen sin pasar por el Congreso, el hecho de mantener el beneficio de moratoria para empresas en quiebra sin continuidad de actividades mantuvo el rotundo rechazo de Juntos por el Cambio.

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El oficialismo tendría asegurada de todos modos la sanción de la iniciativa en la sesión del viernes, ya que cuenta con el respaldo de 117 diputados propios, los ocho diputados del interbloque de Unidad para el Desarrollo -que preside José Luis Ramón-, del Frente para la Concordia Misionero; los cordobeses del interbloque Córdoba Federal y del MPN, señala Télam.

Los cambios al proyecto original

  • Se excluye de la moratoria a las personas físicas o jurídicas que tengan activos financieros en el exterior, salvo que se efectúe la repatriación de al menos el 30% de los mismos dentro de los 60 días de acogerse al régimen.
  • Se incorporan beneficios para contribuyentes cumplidores:
    • Monotributo: exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría, con un tope de $17.500.-:
      • A y B: 6 cuotas
      • C y D: 5 cuotas
      • E y F: 4 cuotas
      • G y H: 3 cuotas
      • I y J: 2 cuotas
    • Ganancias:
      • Personas físicas y sucesiones indivisas (excepto empleados y/o jubilados): se incorpora una deducción especial del 50% del mínimo no imponible conforme el artículo 30 de la LIG (TO 2019).
      • Sociedades y explotaciones unipersonales MiPyMEs: se establece que se podrá optar por un procedimiento de amortización acelerada respecto a las inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021. 
      • Se aplicarán en las DDJJ correspondientes a los ejercicios finalizados con posterioridad al 30 de diciembre de 2020.
      • No son acumulativos, cuando corresponda se deberá optar por uno de ellos.
    • Se entiende que un contribuyente es cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la ley no registre incumplimientos en la presentación de las DDJJ como tampoco en los pagos de sus obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1/1/2017.
  • Se suspende por un año el curso de la prescripción.
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Para ver el texto completo del proyecto final que obtuvo dictamen hacer click aquí (acceso exclusivo suscriptores).

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