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Movilidad: se oficializó el aumento del 5% ¿Cómo afecta a empleados y autónomos?

Medidas de ANSES por coronavirus, aumentos a jubilados, la jubilacion no es ganancia

A través del Decreto 899/2020 el Gobierno oficializó el incremento en las jubilaciones y pensiones desde diciembre. También aumentarán las asignaciones familiares e impactará en los costos de autónomos y empleados.


A través del Decreto 899/2020 el Gobierno oficializó el incremento en las jubilaciones y pensiones desde diciembre. También aumentarán las asignaciones familiares e impactará en los costos de autónomos y empleados.

Mediante Decreto 899/2020, el Gobierno dispuso que, a partir del 1° de diciembre de 2020, todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES, los destinatarios y las destinatarias de las pensiones no contributivas y graciables que refieran a la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias y a la Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, tendrán un incremento equivalente al 5% sobre el haber devengado correspondiente al mensual noviembre de 2020.

Asimismo, a partir del 1° de diciembre de 2020, se establece un incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las Asignaciones Familiares previstas en la Ley N° 24.714, sus normas modificatorias y complementarias, con excepción de la asignación por maternidad, equivalente al 5% de los rangos y montos vigentes.

Dichos incrementos regirán a partir del 1° de diciembre de 2020 y quedarán incorporados como parte integrante del haber de las prestaciones alcanzadas y de las Asignaciones Familiares, respectivamente.

Por su parte, se establece que, a partir del 1° de diciembre de 2020, se actualizarán en un porcentual equivalente, los siguientes conceptos:

a. El monto mínimo y máximo de la remuneración imponible previsto en el artículo 9° de la Ley N° 24.241, modificatorias y complementarias.

b. Las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y de las trabajadoras autónomas establecidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.

c. Los valores del SUBSIDIO AUTOMÁTICO NOMINATIVO DE OBRAS SOCIALES (SANO).

d. Las prestaciones previsionales otorgadas a los investigadores científicos y tecnológicos y a las investigadoras científicas y tecnológicas a que se refiere la Ley N° 22.929 y sus modificatorias, en el marco del Decreto N° 160/05.

e. Las cuotas pendientes de pago de los Acuerdos Transaccionales suscriptos en el marco de la Reparación Histórica instituida por la Ley N° 27.260.

f. Las cuotas pendientes de pago de los Regímenes de Regularización de Deudas Previsionales, previstas en las Leyes Nros. 24.476 y 26.970.

Por lo tanto, desde diciembre se incrementarán en el mismo porcentaje los valores a ingresar por los trabajadores autónomos en concepto de aportes y contribuciones a la seguridad social y los topes mínimo y máximo a la base imponible para el cálculo de aportes a la seguridad social de los empleados en relación de dependencia.


Fuente: Redacción BdC

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