MiPyMES
Documentación y condiciones para que MiPyMes soliciten la exclusión de la alícuota incrementada del impuesto al cheque por extracciones de efectivo.
La ley de solidaridad social y emergencia económica incrementó al doble el impuesto al cheque para extracciones en efectivo excluyendo a las personas humanas y mipymes.
En efecto, el artículo 45 de la ley 27541 incorporó a la ley del impuesto sobre los créditos y bancarios que cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo, bajo cualquier forma, los débitos efectuados en las cuentas mencionadas en dicho inciso, estarán sujetos al doble de la tasa vigente para cada caso, sobre el monto de los mismos.
El texto legal agrega que esto no resultará de aplicación a las cuentas cuyos titulares sean:
- Personas humanas o
- Personas jurídicas que revistan y acrediten la condición de Micro y Pequeñas Empresas.
En este sentido, la AFIP a través de la Resolución General 4665, dispuso el procedimiento para que las mencionadas micro, pequeñas y medianas empresas obtengan el beneficio de exclusión de la alícuota incrementada.
A tal fin, dispuso que para hacer efectiva la exclusión de la alícuota incrementada por retiros en efectivo, las personas jurídicas que revistan y acrediten la condición de Micro y Pequeñas Empresas deberán presentar ante la entidad financiera en la cual posean la cuenta bancaria, la documentación que acredite tal condición.
Entendemos que la norma hace referencia al certificado mipyme emitido por la SEPYME y que se tramita a través de la AFIP.
Si tenés una micro o pequeña empresa, podés compensar el impuesto al cheque en el pago de Ganancias.
La mencionada RG también aclara que las extracciones en efectivo comprenden también las efectuadas mediante cheques propios o de terceros o por cualquier otro medio.