La medida está en línea con el compromiso asumido en 2017 con el gobierno nacional. El proyecto enviado a la Legislatura prevé una reducción de entre 0,5% y 1% anual, y también se incluyen beneficios en base al monto de facturación.
Así, cuando la facturación no supere los $8.525.000, será del 2 %. Si es mayor a este importe, pero inferior a $27.125.000, la alícuota será del 3,5 %. A modo de ejemplo, si un comercio de venta al por menor cumple con estos requisitos el año que viene podría ver disminuir su carga impositiva es más de 2 puntos porcentuales.
Por otro lado, continúa el incremental de alícuotas por montos de facturación para los servicios profesionales, de salud y educación. Cuando los ingresos del año anterior sean superiores a $155 millones e inferiores a $310 millones deberán adicionar un 0,25% más, o un 0,5% si sus ingresos son superiores a este último.
Se actualizan como todo el año los parámetros y mínimos mensuales para los contribuyentes directos del impuesto, arrancando desde los $2.000 hasta $31.200, dependiendo el nivel de ingresos con IVA incluido y el tipo de actividad.
Otra novedad es que se realiza una nueva segmentación para distinguir la actividad de transporte y la industria ubicando mínimos que comienzan desde los $600 a $5200. Todo parece indicar que los rangos mínimos no sujetos a ingresos para algunas actividades desaparecerán y serán incluidos dentro de los parámetros tradicionales (actividades de alojamientos, confiterías, bares, comercialización de automotores, entre otras).
Para los contribuyentes más pequeños, adheridos al monotributo y al régimen simplificado de rentas, la actualización de los valores tendrá un 56% de aumento. Es decir, una persona que se encuentra en una categoría “A” pasará de pagar $350 a $550 durante el 2020, y para los de la categoría más alta de $1.700 a $2.600. Recordemos que pueden ingresar al régimen los monotributistas hasta la categoría G.
Por ultimo y como buena noticia para los contribuyentes, también se envió el proyecto de ley para prorrogar hasta el 31 de diciembre del año 2020, la estabilidad fiscal en el impuesto a los ingresos brutos para las micro, pequeñas y medianas empresas; autorizando al Poder Ejecutivo para que sea este quien pueda prorrogarla hasta el 31 de diciembre del año 2021. Sin dudas esta medida ayudará a afrontar la coyuntura económica y traerá alivio a un sector para no ver incrementada su carga tributaria.
Despacho por mayoría a paquete de leyes impositivas
La comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia emitió despacho favorable al paquete de proyectos de leyes impositivas que incluye la nueva ley impositiva para el 2020, la reforma del Código Fiscal y la prórroga de la estabilidad fiscal en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para las Pymes. Lo hizo esta mañana tras recibir al director provincial de Rentas, Juan Martín Insúa, quien explicó los alcances de las iniciativas. Los despachos obtuvieron el voto favorable de los bloques MPN, Frente Neuquino, Frente Grande, UCR, FRIN y Adelante Neuquén. Los bloques Libres del Sur y FpV no acompañaron las propuestas. El tratamiento parlamentario continuará esta tarde en la comisión de Hacienda y Presupuesto.
Al referirse a la nueva ley impositiva, Insúa señaló que hay una reducción generalizada de las alícuotas y acotó que se actualizaron los valores fijos por inflación, estimada en un 58% anual. A la vez, remarcó que se simplificaron los mínimos en el impuesto sobre los ingresos brutos. Mencionó que la alícuota del 2% se mantendrá para los contribuyentes con ingresos totales inferiores a $8.252.000, en tanto que la alícuota del 3,5% se mantendrá para quienes tengan ingresos totales superiores a ese monto e inferiores a $27.125.000.
Detalló que la alícuota para el transporte de pasajeros disminuye del 2% al 1% y para comunicaciones la reducción es del 4% al 3%. En el rubro Construcción el techo baja del 2,5% al 2%; mientras que en Industria se reduce del 1,5% al 1% y en Industria Papel la disminución del tope será del 4% al 3%.
En cuanto a la reforma del Código Fiscal, subrayó que permitirá optimizar, modernizar y simplificar modalidades de liquidación y pago de tributos que recauda la Dirección de Rentas. A la vez, indicó que la modificación introduce la figura del “responsable sustituto” que permitirá vincular a contribuyentes que no residan en la Argentina con el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Añadió que se modificó la redacción del artículo 173 con fines operativos para que el Régimen Especial de Desarrollo Urbanístico pueda considerar de manera individual la valuación de cada parcela o unidad generada por el desarrollador para la conformación de la base imponible del tributo. También destacó que la reforma incluye la exención al Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén (IJAN) del impuesto inmobiliario, sellos e ingresos brutos.
En otro tramo, explicó junto al asesor jurídico del organismo recaudador, Marcos Lavaggi, que el proyecto referido a la estabilidad fiscal busca prorrogar por un año más ese beneficio para las Pymes. En la iniciativa enviada por el gobernador el pasado 5 de noviembre, se remarca que el objetivo de la medida fue mejorar la competitividad las Pymes mediante la implementación de una reducción de la carga tributaria, proponiendo un tratamiento impositivo diferencial.
El presidente de la comisión, Mario Pilatti (MPN), sintetizó que “no hay subas prácticamente, más que ajustes por inflación y lo que hay es baja de alícuotas en el marco del Consenso Fiscal”.
Estuvieron presentes los diputados Mario Pilatti, Maximiliano Caparroz, Mariano Mansilla, Alejandro Vidal, Francisco Rols, Guillermo Carnaghi, Raúl Podestá, Roberto Cacault y Jesús Escobar; y las diputadas Encarnación Lozano, Pamela Mucci, María Laura du Plessis y Susana Nieva.
Fuente: Cr. Federico Vargas (Chinne, Seleme, Bugner y Asoc.) para rionegro.com.ar (link) y Prensa Legislatura Neuquen (link)