Asimismo el organismo recuerda tener en cuenta que aquellos que se encuentren obligados a presentar declaración jurada determinativa del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2017 deberán realizarla exclusivamente a través del nuevo servicio con clave fiscal Ganancias Personas Humanas.
Los sujetos previstos en la Resolución General N° 2151 (excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30) deberán confeccionar sus Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales a través del servicio denominado Bienes Personales Web.
Por último, señalamos que las declaraciones juradas informativas de empleados en relación de dependencia vencen el próximo 27 de julio.