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Impuestos
AFIP oficializó la prórroga para la presentación y pago de Ganancias y Bienes Personales
La AFIP oficializó la extensión del plazo para presentar las declaraciones juradas e ingresar los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2020.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 29/06/2021 12:07 Hs.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la extensión del plazo para presentar las declaraciones juradas e ingresar los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2020. Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General N° 5019 también entran en vigencia las nuevas fechas para ingresar el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021. La decisión de la AFIP busca posibilitar que las y los contribuyentes cuenten con más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos que correspondan.Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2020: Los nuevos plazos que define la normativa para las presentaciones de declaraciones juradas y pagos correspondientes al período fiscal 2020 son los siguientes:
Terminación CUITFecha de presentaciónFecha de pago
0, 1, 2 y 310/08/2021, inclusive11/08/2021, inclusive
4, 5 y 611/08/2021, inclusive12/08/2021, inclusive
7, 8 y 912/08/2021, inclusive13/08/2021, inclusive
Anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021: Para el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021 las nuevas fechas de pago son:
Terminación CUITFecha de pago
0, 1, 2 y 324/08/2021, inclusive
4, 5 y 625/08/2021, inclusive
7, 8 y 926/08/2021, inclusive
Declaraciones juradas informativas: La normativa extiende por un mes el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales previsto en la Resolución General N°5008. La nueva fecha de vencimiento es el 31 de agosto.Fuente: AFIP
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