La Resolución General N° 5022 permite que mientras avanzan con el proceso de adaptación de sus sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo A a los monotributistas incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.
Dichos comprobantes permitirán a los pequeños contribuyentes que se conviertan en autónomos contar con crédito fiscal que amortiguará su carga tributaria al cambiar de régimen, como prevé la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. La normativa garantiza así el acceso a los beneficios de la ley que creó un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general. La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.Los beneficios previstos en la normativa también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.La Resolución General N° 5022 permite que mientras avanzan con el proceso de adaptación de sus sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo A a los monotributistas incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.
En idéntica forma a la prevista en el párrafo precedente se podrá dar cumplimiento a la incorporación de la leyenda ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’.”Fuente: AFIPDicha obligación se considerará cumplida con la incorporación de la mencionada leyenda en el comprobante -a través de un sello, una oblea autoadhesiva, etc.-, al momento de su emisión, entrega o puesta a disposición.