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Societario y Contable
Actualización de los topes de ingresos para ser considerado MiPyME
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores modificó la Resolución N° 220/19 de la ex SEyPyME para efectuar la actualización anual de los valores establecidos en el Anexo IV.
Por: Sofía
Fecha de publicación: 04/04/2022 10:33 Hs.
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Mediante la Resolución 19/2021 se actualizan, con vigencia desde el 1° de abril del corriente, los valores de los límites de categorización pymes según ventas totales anuales para las MiPyMEs.

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores modificó la Resolución N° 220/19 de la ex SEyPyME para efectuar la actualización anual de los valores establecidos en el Anexo IV.

Límites de categorización PyMEs 

La Resolución 23/2022 actualizó los importes de facturación anual para ser considerado micro, pequeña o mediana empresa.

Los nuevos topes de facturación entraron en vigencia a partir del 1 de abril de 2022 con el objetivo de categorizar durante el corriente año a las empresas como Micro, Pequeña o Mediana Empresa en concordancia con lo dispuesto en la Resolución 220/2019.

Nuevos topes de facturación para ser considerado MiPyME

CategoríaConstrucciónServiciosComercioIndustria y MineríaAgropecuario
Micro38.830.00020.190.000113.610.00082.730.00047.300.000
Pequeña230.400.000121.730.000809.300.000618.160.000174.230.000
Mediana tramo 11.285.490.0001.007.530.0003.846.790.0004.399.660.0001.025.360.000
Mediana tramo 21.928.020.0001.438.900.0005.495.450.0007.046.710.0001.626.290.000

Resolución (SEPYMEYE) 23/2022

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