La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores de autónomos desde marzo 2024 que incluyen un aumento del 27,18%.
Recordamos que desde el año 2021, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
La Resolución (ANSES) 38/2024 determinó que el índice de movilidad para el trimestre marzo/2024 - mayo/2024 será del 27,18%.
Los nuevos valores de categorías y aportes a la seguridad social que deberán abonar las trabajadoras y los trabajadores autónomos entraron en vigencia a partir del 15 de marzo de 2024. Los montos actualizados aplican al período devengado correspondiente a dicho mes.
Los valores actualizados de las categorías mínimas de revista para los trabajadores autónomos a partir de marzo de 2024 son las siguientes:
Para los trabajadores autónomos que realizan actividades penosas o riesgosas, existe un régimen previsional diferencial que establece categorías específicas con importes diferenciados en sus aportes mensuales:
Según recuerda la AFIP en su sitio web, los medios de pago habilitados son:
Quienes abonen en tiempo y forma su cuota mensual recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. El pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores, indicó el fisco.