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Impuestos
ARCA restablece certificados de exclusión de IVA y Ganancias para importaciones
A partir del 1 de marzo, las empresas importadoras podrán aplicar nuevamente los certificados de exclusión para evitar percepciones de IVA y Ganancias, reduciendo su carga impositiva.
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Fecha de publicación: 28/02/2025 15:02 Hs.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha restablecido la posibilidad de obtener certificados de exclusión de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y a las Ganancias para operaciones de importación. Esta medida, implementada mediante la Resolución General 5655/2025, busca reducir la carga tributaria para las empresas importadoras, generando un impacto financiero positivo en la economía. La resolución entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2025 y se aplica a las importaciones definitivas perfeccionadas desde esa fecha.Detalles de la medida:Las empresas que, debido a las percepciones de IVA y Ganancias, acumulen saldos a favor de manera permanente podrán solicitar nuevamente estos certificados. Anteriormente, la suspensión de esta posibilidad obligaba a las empresas a afrontar percepciones de hasta el 20% en IVA y 6% en Ganancias, incrementando significativamente la carga impositiva de sus operaciones. La decisión es resultado del trabajo conjunto entre ARCA y la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, con el objetivo de simplificar los procedimientos administrativos para los contribuyentes.Contexto sobre las percepciones tributarias en importacionesLos regímenes de percepción fueron establecidos entre 2007 y 2010, aplicándose a operaciones de importación definitiva de bienes. Aunque contemplaban certificados de exclusión para casos particulares, la suspensión de estos certificados obligaba a las empresas a realizar pagos anticipados que generaban saldos a favor difíciles de compensar en el corto plazo.¿Qué es un certificado de exclusión?Es un documento emitido por ARCA que permite a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas. En este caso, evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generarían un saldo a favor que no podría compensar en el corto plazo. Esta medida representa un alivio para las empresas importadoras, facilitando sus operaciones y contribuyendo a una mayor eficiencia en la gestión de sus recursos financieros.Fuente: [ARCA]
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