El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este 6 de mayo en el Boletín Oficial dos nuevas disposiciones que amplían el uso de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), habilitando su aplicación a operaciones con contrapartes vinculadas y a la distribución de dividendos a accionistas no residentes.
Mediante la Comunicación “A” 8234/2025, el BCRA autoriza a los deudores de capital e intereses vencidos con contrapartes vinculadas a suscribir BOPREAL, previa conformidad del organismo, conforme a los puntos 3.3.3 y 3.5.6 del régimen de exterior y cambios. La medida alcanza intereses por importaciones vencidos hasta el 4 de julio de 2024, intereses financieros hasta el 31 de diciembre de 2024 y capital vencido por deudas financieras.
Para acceder al beneficio, las entidades financieras deberán verificar que las deudas estén debidamente declaradas, que se cumplan los requisitos normativos, y obtener una declaración jurada del cliente asegurando la no duplicidad de la suscripción. Además, el deudor no podrá acceder al mercado de cambios para cancelar esas deudas, salvo mediante canje o arbitraje con fondos derivados de la renta de los BOPREAL.
Por su parte, la Comunicación “A” 8235/2025 establece que los accionistas no residentes podrán recibir total o parcialmente sus dividendos en efectivo, siempre que destinen esos fondos a la suscripción primaria de BOPREAL. La medida se aplica a distribuciones de resultados autorizadas por la Comunicación A 8214.
Los bonos suscriptos estarán sujetos a restricciones: no podrán transferirse ni venderse en moneda extranjera por 30 y 60 días corridos desde su emisión, correspondientes a dos tercios y un tercio del valor nominal respectivamente. Sin embargo, podrán usarse como garantía en operaciones financieras o bursátiles.
Ambas medidas se enmarcan en la estrategia del BCRA de contener la demanda de divisas, canalizar obligaciones externas mediante instrumentos financieros locales y promover la transparencia del sistema cambiario.