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Societario y Contable
Resolución General 1065/2025
La CNV impulsa un régimen de oferta pública automática para acciones de bajo y mediano impacto
Se abrió un proceso participativo para reglamentar un nuevo sistema que facilitará el acceso al mercado accionario a empresas con menor volumen de emisión, especialmente PyMEs.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 08/05/2025 13:14 Hs.
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La CNV lanza consulta pública para reglamentar un régimen de oferta pública con autorización automática de acciones, con foco en PyMEs y simplificación de requisitos.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) resolvió iniciar un proceso de Elaboración Participativa de Normas con el fin de reglamentar un nuevo régimen de oferta pública con autorización automática destinado a emisiones de acciones de bajo y mediano impacto, especialmente diseñado para facilitar el acceso de pequeñas y medianas empresas al mercado de capitales.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución General 1065/2025, publicada el 8 de mayo en el Boletín Oficial, y responde a la necesidad de simplificar procesos, reducir costos y fomentar el financiamiento productivo a través del capital accionario. El proyecto propone regímenes diferenciados que eximen parcialmente a los emisores de requisitos del régimen general, como prospectos o informes intermedios, manteniendo al mismo tiempo garantías mínimas de transparencia e integridad.

Entre los elementos clave, se establecen:

  • Límites al monto de la suscripción inicial, para calificar como de bajo o mediano impacto.
  • Restricciones en la negociación secundaria y cesión del derecho de suscripción, permitidas solo entre inversores calificados.
  • Simplificación documental, excluyendo la necesidad de ciertos informes regulares.
  • Obligaciones mínimas de información financiera anual.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “seguimos promoviendo y presentando regímenes simplificados aplicables a los distintos instrumentos financieros, con el objetivo de desarrollar el mercado de capitales en Argentina” y agregó que “ya hemos aprobado la oferta pública automática de ONs, Fideicomisos Financieros y Fondos Cerrados de Crédito, ahora impulsamos la flexibilización y simplificación del trámite de oferta pública automática de acciones”. Por último, resaltó que “estamos innovando y transformando el mercado de capitales de Argentina, generando mecanismos accesibles, sin burocracias innecesarias y con posibilidades para todos los actores, especialmente para los que recién se integran al mercado”.

Detalles del proyecto sobre autorización automática de Oferta Pública de acciones

En línea con la propuesta de desburocratizar y quitar trámites innecesarios se pone en consulta pública una regulación específica para la Oferta Pública con autorización automática de acciones, lo que permitirá reducir sensiblemente los costos involucrados en el proceso de apertura del capital accionario.

Se simplifica, asimismo el trámite de acceso al régimen de oferta pública, incorporando dos (2) regímenes especiales aplicables al ofrecimiento de acciones que, por su bajo o mediano impacto, puedan ser eximidos, total o parcialmente, de las obligaciones aplicables a los participantes en el régimen de oferta pública; pero que, a la vez, puedan ser considerados como ofertas públicas que cuenten con autorización automática de la Comisión.

En los supuestos de oferta pública con autorización automática por su bajo impacto que se propone si bien las Emisoras ingresarán al régimen de oferta pública, se prevé que aquellas que cumplan con las condiciones previstas para ser admitidas en el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática, estarán exceptuadas de acompañar la documentación necesaria para el ingreso de un emisor al Régimen General de Oferta Pública; no exigiéndose la presentación de Prospecto y tampoco se requerirá el cumplimiento de los Regímenes informativos aplicables, salvo respecto a los balances anuales.

En el caso que el emisor quiera ingresar al Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática de mediano impacto deberá realizar el trámite de ingreso al régimen con menores exigencias, deberá presentar únicamente estados financieros anuales, aplicando las Resoluciones Técnicas vigentes que conforman las Normas Contables Profesionales Argentinas (NCPA) y sus interpretaciones, emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, como obligación informativa específicamente aplicables a dicho régimen.

Cualquier emisor que se encuentre en alguno de los otros regímenes de oferta pública, podrá acogerse al régimen de autorización automática de bajo o mediano impacto, cumpliendo con determinados requisitos previos para su traspaso.

La normativa propuesta no implica la renuncia de la CNV a su facultad y obligación de contralor, así como de protección del ahorro público y del público inversor, motivo por el cual el Organismo conservará facultades amplias respecto al cumplimiento de los requisitos dispuestos para las normativas antedichas.

El proyecto de normativa se encuentra disponible en el sitio web oficial del organismo (www.argentina.gob.ar/cnv) y podrá recibir aportes del público interesado durante un plazo de quince (15) días hábiles, conforme lo previsto por el Decreto N° 1172/2003 que regula los mecanismos de participación ciudadana.

La resolución prevé que la norma entrará en vigencia al día siguiente de su segunda publicación en el Boletín Oficial.

Con esta iniciativa, la CNV profundiza su política de apertura y democratización del mercado de capitales, buscando fomentar la financiación genuina del sector productivo sin comprometer los estándares regulatorios de protección al inversor.

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