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Societario y Contable
Buenos Aires digitaliza la presentación de balances y exime de auditoría a micro y pequeñas empresas
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas estableció que todas las sociedades deberán presentar sus estados contables de forma digital. Las micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME vigente quedan eximidas del requisito de auditoría hasta el 31 de diciembre de 2026.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 04/06/2025 12:36 Hs.
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Buenos Aires permite presentar balances sin auditoría a micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME

Mediante la Disposición 303/2025, la DPPJ de Buenos Aires dispuso que todas las sociedades comerciales deberán presentar digitalmente sus balances a través del “Anexo 9 Formulario Estados Contables Sociedades”. Las micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME vigente podrán evitar la auditoría independiente, cumpliendo con firma del representante legal y certificación de contador público legalizada. Además, se requerirá la presentación obligatoria de certificados de libre deuda alimentaria por cada integrante de los órganos societarios.

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) de la provincia de Buenos Aires dispuso un nuevo esquema de presentación digital para los estados contables de sociedades, en el marco de un proceso de modernización administrativa. La medida fue oficializada a través de la Disposición 303/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense del 30 de mayo de 2025.

Según lo establecido, las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y extranjeras registradas deberán realizar la presentación de balances y documentación pre y post asamblearia exclusivamente en forma digital, utilizando el formulario “Anexo 9 Formulario Estados Contables Sociedades” disponible en el sitio oficial de la DPPJ.

La nueva normativa habilita los formularios digitales para la presentación de la documentación exigida en los siguientes trámites, que son de procedimiento exclusivamente digital:

  • PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES POR ACCIONES (S.A.; S.C.A; y S.A.S.)
  • PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACION PREASAMBLEARIA DE SOCIEDADES COMPRENDIDAS EN EL ART. 299 LEY 19550
  • PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES COMPRENDIDAS EN EL ART. 299 LEY 19550
  • PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES DE SUCURSAL DE SOCIEDADES EXTRANJERAS REGISTRADAS POR ART. 118 LEY 19550 

La información completa para dar inicio al trámite de EE.CC se puede encontrar en el INSTRUCTIVO PARA ESTADOS CONTABLES:

 

 

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva normativa es la dispensa temporal del requisito de auditoría para las micro y pequeñas empresas que acrediten tal condición mediante certificado MiPyME vigente. Estas podrán presentar sus estados contables firmados por el representante legal y certificados por contador público independiente, legalizados ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Buenos Aires, sin necesidad de auditoría externa. Esta excepción regirá para ejercicios económicos finalizados hasta el 31 de diciembre de 2026.

La medida responde al impacto de la actual crisis económica, reconocida por la propia disposición, que hace mención a la caída de la actividad productiva, el empleo privado y el consumo, afectando especialmente a las pequeñas unidades empresariales.

Además, se establece como requisito obligatorio que todas las sociedades incluyan un Certificado de Libre Deuda Alimentaria por cada miembro de sus órganos de administración, fiscalización o gobierno, en cumplimiento de la Disposición 299/2025, también vigente en la provincia.

De este modo, la DPPJ busca unificar procedimientos, despapelizar trámites y brindar alivio administrativo y económico a las MiPyMEs, a la vez que refuerza mecanismos de control vinculados al cumplimiento de obligaciones alimentarias.

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