La Resolución UIF 95/2025 actualiza el valor del módulo sancionatorio utilizado para determinar multas en el régimen de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, fijándolo en $54.140, con vigencia desde el 23 de junio de 2025.
La Unidad de Información Financiera (UIF) oficializó, mediante la Resolución 95/2025, el nuevo valor del módulo sancionatorio previsto en el artículo 24 de la Ley 25.246, elevándolo de $40.000 a $54.140, lo que implica un ajuste del 35,35%, basado en la tasa de interés pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) entre marzo de 2024 y marzo de 2025.
Este módulo es utilizado como unidad de medida para cuantificar las multas que impone la UIF a los sujetos obligados que incumplen con el régimen de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, previa sustanciación de sumario administrativo.
El artículo 25 bis de la misma ley establece que las sanciones deben expresarse tanto en moneda nacional como en cantidad de módulos, por lo que este nuevo valor tendrá impacto directo en los montos finales que se apliquen en los procedimientos sancionadores.
Según lo indicado en el informe técnico de la Dirección de Régimen Administrativo Sancionador, el nuevo valor mejora la efectividad del sistema sancionatorio, asegurando que las multas mantengan su proporcionalidad y efecto disuasivo frente a los riesgos del incumplimiento.
La actualización se dicta en uso de la facultad conferida a la UIF por la ley, que le permite revisar el valor del módulo en cada ejercicio presupuestario, en línea con las tasas establecidas para multas impagas.
La medida entra en vigencia el 23 de junio de 2025, día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.