A través del Decreto 522/2025, publicado el 31 de julio en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso una nueva prórroga parcial en la actualización de los impuestos a los combustibles, frenando el impacto total de los aumentos correspondientes a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre enero de 2024 y marzo de 2025.
La medida establece que, durante todo agosto 2025, los combustibles líquidos tributarán solo una parte de los montos actualizados, de acuerdo con la siguiente tabla:
Producto | Impuesto a Combustibles Líquidos | Tratamiento diferencial (solo gasoil) | Impuesto al Dióxido de Carbono |
---|---|---|---|
Nafta | $6,954 | — | $0,426 |
Gasoil | $5,615 | $3,040 | $0,640 |
Esta actualización parcial rige del 1° al 31 de agosto. El aumento pleno de los impuestos, que incluye los remanentes pendientes de los trimestres segundo, tercero y cuarto de 2024 y el primero de 2025, entrará en vigencia desde el 1° de septiembre de 2025, según lo dispone el nuevo texto del Decreto 466/2024, modificado por esta norma.
De acuerdo a lo establecido por el Gobierno, esta decisión responde a la necesidad de morigerar el impacto inflacionario en los precios de los combustibles y evitar un traslado inmediato a los consumidores. Los montos fijos del tributo, que se ajustan trimestralmente desde 2018 por IPC, continuarán actualizándose pero con aplicación escalonada.
Con esta prórroga, el Ejecutivo extiende una política que viene renovando desde 2023 para moderar las subas de precios en uno de los insumos clave de la economía.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, Decreto 522/2025.