El Ministerio de Economía de la Nación oficializó un nuevo límite para el régimen de recupero de créditos fiscales de IVA de las empresas de servicios públicos con tarifas reducidas por subsidios, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica otorgados por el Estado.
La medida, dispuesta por la Resolución (ME) 1353/2025, publicada en el Boletín Oficial del 15 de septiembre, establece un tope de $26.500 millones para las devoluciones correspondientes al ejercicio 2024 y a períodos anteriores que aún no hubieran sido alcanzados por los regímenes previos.
De ese total, el sector energético absorbe $24.500 millones, lo que representa más del 92% del monto asignado. En tanto, el sector transporte recibirá $1.800 millones, y el resto de las actividades incluidas en el régimen contarán con apenas $200 millones.
El régimen encuentra fundamento en el artículo incorporado sin número a continuación del artículo 24 de la Ley de IVA (t.o. 1997), que habilita el recupero de saldos acumulados para prestadores de servicios públicos cuando las tarifas se ven reducidas por subsidios o compensaciones del Estado Nacional.
Según la norma, el beneficio procede siempre que el saldo a favor tenga origen en créditos fiscales generados por compras, importaciones o locaciones de bienes y servicios destinados efectivamente a la prestación alcanzada. Asimismo, el cálculo se efectúa considerando la detracción del saldo que se habría generado si los subsidios hubieran estado gravados por la alícuota correspondiente.
La reglamentación (decreto 692/1998 y modificatorios) prevé que el Ministerio de Economía fije anualmente el límite máximo a asignar a cada sector, siguiendo criterios presupuestarios y de prelación para la distribución de los fondos.
Este mecanismo se aplica desde 2019 a través de resoluciones anuales que establecieron montos variables según la disponibilidad fiscal. La norma vigente sustituye a la última fijación, realizada en febrero de 2025 por la Resolución 147/2025.
En los considerandos, la cartera económica remarca que la medida responde a las condiciones generales de ingresos presupuestarios y busca mantener la continuidad del régimen de devolución, aunque bajo un esquema de cupo estricto.
La resolución lleva la firma del ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, y entró en vigencia el 15 de septiembre de 2025.