Los contribuyentes que ya tengan habilitada la caracterización para presentar la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias desde el período fiscal 2026 (con vencimiento en 2027) podrán optar por adelantar su aplicación al período fiscal 2025 y acceder antes a los beneficios del régimen.
La posibilidad surge en el marco de la Resolución General (ARCA) 5820/2026, que reglamenta el Régimen de Declaración Jurada Simplificada previsto en la Ley 27.799, destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.
El principal atractivo del régimen es que la declaración jurada se presenta bajo un esquema simplificado y precargado, basado en la información disponible en los sistemas del organismo y en los datos informados por terceros.
Además, la adhesión otorga beneficios relevantes para los contribuyentes, entre los que se destacan el efecto liberatorio del pago del impuesto y la presunción de exactitud de la declaración jurada, lo que otorga mayor seguridad jurídica respecto de la determinación del tributo.
En este contexto, quienes ya tengan habilitada la caracterización para utilizar el régimen desde el período fiscal 2026 pueden optar por aplicarlo desde el período fiscal 2025, adelantando así el acceso a esos beneficios.
Para ello, ARCA estableció un procedimiento específico que debe realizarse a través de los servicios con clave fiscal.
Según el Organismo, para adherir al régimen desde el período fiscal 2025, hay que seguir estos pasos:
1- Solicitar el alta retroactiva en el Impuesto a las Ganancias desde el período 2025 mediante el trámite “Alta retroactiva de impuestos y/o regímenes” del servicio Presentaciones Digitales.
2- Una vez otorgada el alta, ingresar al servicio Sistema Registral, opción “Ganancias simplificada Ley 27.799”, y solicitar el desistimiento de la caracterización para el período 2026.
3- Desde el mismo servicio, realizar nuevamente la solicitud seleccionando el período fiscal 2025.
Una vez otorgada esa alta, deberá ingresar al servicio Sistema Registral, opción “Ganancias simplificada Ley 27.799”, y solicitar el desistimiento de la caracterización vigente para el período fiscal 2026.
Finalmente, desde el mismo servicio deberá realizar nuevamente la solicitud de adhesión, seleccionando esta vez el período fiscal 2025.
La Resolución General (ARCA) 5820/2026 contempla distintos escenarios según la situación del contribuyente frente al régimen simplificado y su inscripción en el Impuesto a las Ganancias. A continuación se sintetizan las alternativas posibles para los períodos fiscales 2025 y 2026.
Situación del contribuyente | Período fiscal 2025 | Período fiscal 2026 | Tratamiento y procedimiento | Fuente normativa |
Contribuyentes que ya habían adherido al régimen simplificado por 2025 bajo la normativa anterior (RG 5704) | Adherido | Puede continuar si efectua la ratificación anual de permanencia | Deben convalidar la adhesión al régimen para el período fiscal 2025 mediante el servicio “Sistema Registral – Ganancias PH Simplificada”. De no hacerlo hasta el vencimiento de la declaración jurada 2025, se tendrá por desistida la opción. Para el período 2026 deben efectuar la ratificación anual de permanencia, confirmando que continúan cumpliendo los parámetros de ingresos y patrimonio establecidos por la Ley 27.799. | RG (ARCA) 5820/2026, art. 9 |
Contribuyentes que no habían adherido por 2025 pero fueron caracterizados para utilizar el régimen desde 2026 | No adherido | Adherido | Pueden adelantar la adhesión al período fiscal 2025 solicitando alta retroactiva en el impuesto, desistiendo de la caracterización para 2026 y realizando una nueva adhesión por el período fiscal 2025 | RG (ARCA) 5820/2026, arts. 2, 7 y 12 |
Contribuyentes que adhieren directamente al régimen desde el período fiscal 2026 | No adherido | Adherido | Deben ejercer la opción de adhesión desde el primer día hábil del período fiscal y hasta el vencimiento de la declaración jurada correspondiente mediante el servicio Sistema Registral – Ganancias PH Simplificada. Pueden adelantar la adhesión al período fiscal 2025 solicitando alta retroactiva en el impuesto, desistiendo de la caracterización para 2026 y realizando una nueva adhesión por el período fiscal 2025 | RG (ARCA) 5820/2026, art. 2 |
Contribuyentes que permanecen en el régimen luego de haber adherido | Adherido | Adherido | Deben efectuar la ratificación anual de permanencia, confirmando que continúan cumpliendo los parámetros de ingresos y patrimonio establecidos por la Ley 27.799. | RG (ARCA) 5820/2026, art. 3 |
Contribuyentes que no se encuentran inscriptos en el Impuesto a las Ganancias | No adherido | No adherido | Para poder optar por el régimen simplificado deberán registrar previamente el alta en el impuesto, condición que es verificada por el sistema al momento de la adhesión | RG (ARCA) 5820/2026, art. 4 inc. c) |