A través de la Resolución General Nº 3837 publicada hoy en el Boletín Oficial el fisco oficializó nuevas condiciones para la adhesión a planes de facilidades de pago estipulados por la Resolución General Nº 3827.
En efecto, la nueva medida establece que “No podrá solicitarse una nueva adhesión al presente régimen cuando existan en forma concurrente DOS (2) planes de facilidades de pago de los tipos A, E1 y E2 indicados en el Anexo II cuando se encuentren vigentes y/o de cualquiera de los planes de la presente resolución general cuando se encuentren caducos y la fecha de caducidad se hubiera registrado en el sistema “MIS FACILIDADES” dentro de los DOCE (12) meses anteriores a la fecha en que se realiza la presentación, incluido el mes de esta última.”
De esto se desprende que no podrá solicitarse una nueva adhesión cuando: