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Se Homologó el Acuerdo de Empleados de Comercio 2016. Resolución ST 62/16.
A través del dictado de la Resolución Nº 62/16 de la Secretaría de Trabajo quedó oficialmente homologado el Acuerdo Salarial firmado por los sindicatos y los empresarios del sector de Comercio el pasado 17 de Marzo.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 01/04/2016 08:27 Hs.
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A través del dictado de la Resolución Nº 62/16 de la Secretaría de Trabajo quedó oficialmente homologado el Acuerdo Salarial firmado por los sindicatos y los empresarios del sector de Comercio el pasado 17 de Marzo.

Recordamos los puntos salientes del Acuerdo:

1.- Establecer una suma fija no remunerativa de dos mil pesos ($2.000) pagaderos en dos cuotas de un mil pesos ($ 1.000) cada una, las que se abonarán de la siguiente manera: la primera de ellas en el mes de abril de 2016 (con los sueldos de marzo) y la segunda cuota de $1.000 se pagará en el mes de junio de 2016 (con los sueldos de mayo). Para trabajadores a tiempo parcial, se abonará una suma proporcional.

2.- Incrementar en un 20 % a partir del mes de abril, por el término de seis (6) meses, sobre las escalas vigentes (noviembre/15) de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 correspondientes para cada categoría.

3.- Se implementa, a su vez, un aporte solidario de $100 mensuales a cargo de los trabajadores del CCT 130/75 que estén afiliados a OSECAC. Esta suma será retenida del monto de la remuneración mensual de cada trabajador a partir de abril de 2016 y durante el tiempo de duración del presente acuerdo.

4.- El incremento que se establezca en el mes de octubre mediante la nueva paritaria no será acumulativa sino que se calculará sobre los básicos de noviembre/15.

5.- Podrán ser absorbidos hasta su concurrencia los aumentos otorgados a partir del 1º de octubre de 2015, siempre que hubieran sido abonados a cuenta de los aumentos que determina el presente acuerdo.

Se aclara que aún la medida no ha sido publicada en el Boletin Oficial.


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