Escalas Salariales. C.C.T. N° 663/11. Motociclistas, Mensajeros y Servicios. Homologación.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION SINDICAL DE MOTOCICLISTAS, MENSAJEROS Y SERVICIOS por la parte sindical y la CAMARA DE EMPRESAS DE MENSAJERIA POR MOTO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte empresaria.
Al respecto, se informa que el presente acuerdo rige desde el 1° de febrero de 2013 al 31 de julio de 2013 inclusive.
En el mismo se establecen las nuevas escalas salariales vigentes en dicho período y además el otorgamiento de una suma dineraria a todo trabajador que tenga asistencia perfecta considerándose tal, cuando el trabajador no tuviera llegadas tardes, ni ausencias justificadas y/o injustificadas.
Se establece, también, la asignación de un viático no remunerativo y sin rendición de cuentas el cual deberá efectivizarse al mismo momento de acreditarse el salario del mes al que corresponda.
Por último, las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación no remunerativa extraordinaria por única vez a abonarse en dos cuotas iguales en febrero y junio del corriente año.
Otros Acuerdos No Homologados
Escalas Salariales. Electricidad. C.C.T. N° 36/75. Luz y Fuerza. Obreros (F.A.C.E.). Nuevo Acuerdo desde Marzo 2013.
La Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (FACE) informó que se ha arribado a un nuevo acuerdo de recomposición salarial con la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF) para todos los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 36/75.
Para conocer más detalles ingrese aquí.
Escalas Salariales. Pesqueros. C.C.T. N° 161/75. Fileteros. C.C.T. N° 506/07. PyMEs. Nuevo Acuerdo desde Marzo 2013.
El Sindicato Obrero de la Industria del Pescado (SOIP) informa que se ha arribado a un nuevo Acuerdo de incremento salarial con la Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA) para los trabajadores alcanzados por esta actividad regulada por los convenios colectivos de trabajo 161/1975 y 506/2007.
Al respecto, se informa que dicho incremento se cobrará en tres cuotas, la primera en este mismo mes de mayo, que se traducirá en un aumento del 15% retroactivo a marzo y está compuesta por un 7% remunerativo y un 8% no remunerativo. En agosto se cobrará la segunda cuota del 6% y en septiembre se abonará la última, del 2,5%.
Proyectos de Ley
Se dio inicio al trámite legislativo de un proyecto de ley que tiene como fin principal la reducción de la jornada de trabajo, materia regulada actualmente por la Ley 11.544.
El texto del proyecto legislativo ha sido presentado por el Senador Osvaldo Ramón LOPEZ – legislador por el partido Nuevo Encuentro de la Provincia de Tierra del Fuego – y dispone la modificación a la Ley 11.544, particularmente en la sustitución del articulado referido a:
a) la extensión de la jornada de trabajo;
b) la extensión de la jornada de trabajo íntegramente nocturna;
c) la retribución de las horas suplementarias;
d) la tipificación de las infracciones conforme el Pacto General del Trabajo; y,
e) la incorporación de un artículo 2 bis referido a la extensión de la jornada cuando se trate de trabajo insalubre.
El proyecto legislativo está a consideración de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Senadores del Congreso de la Nación.
Para más detalles ingrese aquí.