Categories Impuestos

AFIP prorroga a agosto la presentación y pago de Ganancias, Bienes Personales y Cedular

Nueva prórroga de ganancias, bienes personales y cedular

La medida con la nueva prórroga de ganancias, bienes personales y cedular está prevista en la Resolución General Nº 5019 que se publicará en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga más tiempo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2020.

Asimismo, el organismo definió extender los plazos para ingresar el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021.

La medida está prevista en la Resolución General Nº 5019 que se publicará en el Boletín Oficial. La decisión busca posibilitar que los contribuyentes cuenten con más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes.

Además, la normativa extiende por un mes el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias previsto en la resolución general 5008. La nueva fecha de vencimiento para esta presentación es el 31 de agosto.

Los nuevos plazos que define la normativa para las presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2020 son los siguientes:

  Terminación CUIT   Fecha de presentación   Fecha de pago
  0, 1, 2 y 3   10/08/2021, inclusive   11/08/2021, inclusive
  4, 5 y 6   11/08/2021, inclusive   12/08/2021, inclusive
  7, 8 y 9   12/08/2021, inclusive   13/08/2021, inclusive

Para el caso del pago del primer anticipo del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, las nuevas fechas son:

Te puede interesar:   AFIP avanza en el intercambio automático de información financiera con Estados Unidos
Terminación CUIT   Fecha de pago
  0, 1, 2 y 3   24/08/2021, inclusive
  4, 5 y 6   25/08/2021, inclusive
  7, 8 y 9   26/08/2021, inclusive

Además, la normativa extiende por un mes el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias previsto en la resolución general 5008. La nueva fecha de vencimiento para esta presentación es el 31 de agosto.

Fuente: AFIP

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar