Legislación

Resolución 18/18 SECSS. Prestaciones de la Seguridad Social. Beneficiarios Incapaces. Personas Designadas Judicialmente Como Apoyo. Condiciones Para Gestionar y Percibir en Representación del Titular Ante la ANSES.

Se establece que la persona designada judicialmente como Apoyo, conforme lo previsto por los artículos 32, 34, 39 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, podrá gestionar y percibir en representación del titular ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) las prestaciones de la seguridad social, en tanto presente la documentación que se enumera en el artículo 1° de la presente.

Legislación

Resolución General Conjunta 4302 AFIP, SRT y SSS. Riesgos del Trabajo. Reintegro de Gastos de Atención Médica Efectuados Por la Obra Social del Asegurado. Reglamentación del Procedimiento.

Se aprueba la reglamentación del procedimiento de reintegro de gastos para los supuestos contemplados en el primer párrafo del Artículo 18 de la Ley N° 27.348, que será obligatorio para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los agentes del Seguro de Salud comprendidos en la Ley N° 23.660. Serán objeto de reintegro los gastos causados por la atención médica brindada al trabajador por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), relativos a contingencias inculpables o ajenas a la cobertura de riesgos del trabajo, como así también los afrontados por los agentes del Seguro de Salud en virtud de los siniestros denunciados a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que resulten de origen laboral o profesional.

Legislación

Resolución General 4303 AFIP. Remito Electrónico Cárnico. Se Incorporan Exclusiones, Se Modifica el Plazo De Vigencia y Se Prorroga Su Aplicación.

Se incorpora dentro de las exclusiones a las operaciones realizadas por los hipermercados y/o supermercados, entre un centro de distribución y sus distintas bocas de expendio propias. Se establece que el REC tendrá un plazo de vigencia de acuerdo con lo que la AFIP establezca y publique en el sitio “web” institucional. Se prorroga por dos meses la aplicación del REC.

Societario y Contable

BCRA. Relevamiento de Activos y Pasivos Externos. Muestra Principal. Vence Hoy la Presentación de la DDJJ Anual 2017.

Serán declarantes del nuevo relevamiento de activos y pasivos externos todas las personas humanas y las personas jurídicas, patrimonios y otras universalidades que no estén comprendidas en la categoría de Gobierno General de acuerdo a la definición de la Sexta Edición del Manual de Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional.

Legislación

Resolución 337/18 DPR (Neuquén). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Concesionarias de Automotores. Régimen Especial de Regularización Impositiva y Facilidades de Pago. Reglamentación.

Se establece que los contribuyentes y demás responsables que regularicen su situación fiscal de acuerdo con el régimen establecido en el Decreto Nº 1044/18, deberán cumplimentar los requisitos, formalidades y demás condiciones que se establecen por la presente, dentro de los plazos que la misma fija, teniendo en cuenta que podrán regularizar sus deudas impositivas, determinadas o no, desde el período comprendido entre el 01 de agosto de 2015 y el 31 de diciembre de 2017, en concepto del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, en un todo de acuerdo al Artículo 1° del citado Decreto.

Legislación

Resolución General 1509/18 DPR (Jujuy). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Se Establece Régimen de Facilidades de Pago Transitorio.

Se aprueba el Régimen de Facilidades de Pago Transitorio para el cumplimiento de las obligaciones originadas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los contribuyentes inscriptos en el mismo del régimen local y de Convenio Multilateral con sede en la Provincia de Jujuy. Podrán incluirse en el presente régimen las obligaciones por los anticipos mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyos vencimientos operen durante la vigencia del régimen, de acuerdo a las formalidades del artículo 5°.

Legislación

Resolución General 1508/18 DPR (Jujuy). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Otros. Se Establece Régimen Permanente de Facilidades de Pago.

Se establece un régimen de facilidades de pago permanente para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de contribuyentes y/o responsables por los impuestos, tasas, derechos, contribuciones, intereses, actualizaciones y multas cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Tributaria. Podrán incluirse en los planes de facilidades de pago deudas vencidas y/o devengadas exigibles, de los siguientes conceptos y en las condiciones que se determinan en la presente: a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos; b) Impuesto Inmobiliario; c) Impuesto de Sellos; d) Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales; e) Multas.

Impuestos

Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER). Uno Por Uno Estos Son Los Datos de Cada Contribuyente Que Los Bancos Deberán Informar a la AFIP.

A través de la Resolución General N° 4298 la AFIP sustituyó el Sistema Informativa de Transacciones Económicas Relevantes (SITER) mediante el cual las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones deberán actuar como agentes de información respecto de las operaciones indicadas en cada caso y con sujeción a los requisitos, formas, plazos y demás condiciones que se disponen en la mencionada resolución general.

Legislación

Decreto 606/14. Se Crea el Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR). (Texto Actualizado Según Decreto 439/18)

Se establece un Fondo de alcance nacional con el objetivo de facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales, denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (en adelante, “FONDEAR” o el “Fondo”), el que se conformará como un fideicomiso de administración y financiero, que regirá en todo el territorio de la República Argentina.

Legislación

Resolución Conjunta 4/18 MP y MTEySS. Programa Nacional para la Transformación Productiva (PNTP). Modificaciones.

Se modifica la Resolución Conjunta N° 1/16 mediante la cual se creó el Programa Nacional para la Transformación Productiva (PNTP) en el marco del cambio en la denominación del Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP) teniendo en cuenta que los recursos del FONDEP se aplicarán, entre otros, a los proyectos presentados en el Comité Ejecutivo del FONDEP por la Autoridad de Aplicación del Programa Nacional para la Transformación Productiva (PNTP).

Legislación

Resolución 545/18 MP (Buenos Aires). Cooperativas. Solicitud de Autorización Para Funcionar. Se Establece la Presentación Obligatoria a Través del Sistema Trámite a Distancia (TAD).

Se establece que las personas que deseen constituir entidades cooperativas con sede en la provincia de Buenos Aires, deben presentar la documentación requerida a través del Trámite a Distancia (TAD) de la página web del Ministerio de Producción (https://www.gba.gob.ar/produccion/area_de_trabajo/cooperativas#tramitesadistancia) o por ante las dependencias habilitadas a tal efecto. En todos los casos las presentaciones deben ser suscriptas por el presidente. El usuario que acceda deberá ser, únicamente, el presidente del Consejo de Administración de la entidad, mediante el uso de Clave Fiscal, suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.).

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