Ley VII N° 84 Chubut: Se Declara Emergencia Comercial.
Se declara la Emergencia Comercial en todo el territorio de la provincia de Chubut
por el término de CIENTO OCHENTA DIAS (180) a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, prorrogable por igual período de perdurar las actuales condiciones que motivan la presente Ley.