Consultorio / Capacitación Impuestos

SIRADIG: Puntos Clave para Presentar el F.572 Web e Informar las Deducciones a Computar en la Liquidación Anual 2016

Los empleados en relación de dependencia y los jubilados a los cuales se les retenga el impuesto a las ganancias de sus sueldos y/o haberes tienen tiempo hasta el próximo 31 de marzo para presentar ante su empleador, a través del formulario 572 web, las deducciones a computar en la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2016.

Legislación Societario y Contable

Resolución General 4010 AFIP. Se Reglamentan el Título II (Tratamiento Impositivo Especial para el Fortalecimiento de las PyMEs) y Título III (Fomento a las Inversiones de las PyMEs) de la Ley N° 27264

Disponer las formalidades, plazos y demás condiciones que deberán observar los sujetos que encuadren en la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, a los fines de acceder a los beneficios establecidos en la Ley N° 27264.

Legislación Societario y Contable

Resolución 68/17 SEPyME. Se Reglamenta el Título III de la Ley 27264 (Fomento a las Inversiones de las Pymes). Se Establecen los Requisitos para Acceder a Dichos Beneficios.

Establécese que, a los fines de acceder a los beneficios establecidos en el Título III de la Ley Nº 27.264, los potenciales beneficiarios deberán encontrarse previamente inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27 de la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, creado por la Resolución Nº 38 de fecha 13 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, acreditando su condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa en los términos de la Resolución N° 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias y contar con Domicilio Especial Electrónico constituido en los términos del Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016.

Impuestos Legislación

Resolución General 4003 AFIP. Texto Ordenado y Actualizado del Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias para Empleados y Jubilados para el Período Fiscal 2017 en Adelante.

Las ganancias comprendidas en los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas- y e) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones (1.1.), así como sus ajustes de cualquier naturaleza, e independientemente de la forma de pago (en dinero o en especie), obtenidas por sujetos que revistan el carácter de residentes en el país -conforme a lo normado en el Título IX, Capítulo I de la citada ley-, quedan sujetas al régimen de retención que se establece por la presente resolución general.

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