Resolución General 2/17 COMARB. Se Actualiza el Ordenamiento de las Resoluciones Generales de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Texto Completo)

Estado de la Norma: Vigente

B.O. 06/03/2017

Vigencia y Aplicación: 06/03/2017

Complementa a: RG N° 1/15 COMARB y RG N° 3/16 COMARB

Es Complementada por: RG N° 3/17 COMARB, RG N° 4/17 COMARB y RG N° 5/17 COMARB

Buenos Aires, 08/02/2017

[spoiler title=’VISTO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]La Resolución General N° 1/2005; y,[/spoiler]

[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Que la citada resolución en su artículo 4° establece que la Comisión Arbitral actualizará anualmente el contenido de dicho ordenamiento.

Que en consecuencia, corresponde incorporar las Resoluciones Generales N° 4/2016 (CM05 presentación con aplicativo SIFERE), 5/2016 (Incorporación SIFERE WEB), 6/2016 (Inicio de actividades), 8/2016 (Adhesión Córdoba SIRCAR), 10/2016 (Vencimiento SIRCREB), 11/2016 (SIRCAR clave fiscal AFIP), N° 12/2016 (SIRCAR incorporaciones), N° 13/2016 (SIRPEI diversificación alícuotas), 14/2016 (Validez de presentaciones y pagos en DDJJ SIFERE), N° 15/2016 (SIRCAR incorporaciones), N° 16/2016 (Incorporaciones SIFERE WEB), 17/2016 y 18/2016 (SIRCAR incorporaciones), N° 19/2016 (Universo SIRCAR), 20/2016 (Prórroga vencimiento anticipo octubre de 2016), 21/2016 (Vencimientos del impuesto 2017), 22/2016 (SIRCAR Vencimientos 2017) y 23/2016 (SIRCREB Vencimientos 2017).

Que, asimismo, es necesario indicar que la Resolución General N° 24/2016 (modificatoria de la Resolución General N° 4/2011 y sus complementarias —regímenes de percepción—) no está incluida en el presente ordenamiento puesto que por Resolución General N° 1/2017 su aplicación está suspendida hasta tanto se resuelvan los recursos de apelación contra ella interpuestos.

Que, por otra parte, es preciso aclarar que para obtener una norma que unifique las dictadas, es necesario introducir cambios formales relacionados a la adecuación y numeración del articulado original para que resulten compatibles y armonicen en el nuevo texto que las integra.

Que este ordenamiento no incluye el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria aprobado por Resolución (C.P.) N° 32/2015. [/spoiler]

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Actualizar el ordenamiento de las resoluciones generales contenido en la Resolución General N° 3/2016, reemplazándolo por el anexo adjunto que se aprueba por la presente y que se incorpora en la página web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar).

ARTÍCULO 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Fernando Mauricio Biale. — Roberto José Arias.

[spoiler title=’ANEXO’ style=’blue’ collapse_link=’true’][/spoiler]

Fecha de publicación 06/03/2017

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