Impuestos Legislación Societario y Contable

ARBA Resolución Normativa 1/16. Se Deroga el Régimen de Liquidación Administrativa de Anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ARBAnet)

Régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ARBAnet). Su sustitución.

ARTÍCULO 1°. Establecer que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que, al 1º de enero de 2016, se encontraren incluidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del impuesto (ARBAnet) regulado en la Resolución Normativa Nº 111/08 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 62/09) y modificatorias, deberán cumplir con sus obligaciones de presentación de declaraciones juradas -originales y/o rectificativas, vencidas o no, correspondientes a anticipos o a períodos fiscales anuales, por todas las actividades desarrolladas- y efectuar los pagos que les correspondan en ese carácter -con relación al impuesto y sus accesorios-, a través del mecanismo aprobado y reglamentado mediante las Resoluciones Normativas Nº 41/13 y 25/14, respectivamente; a partir del anticipo correspondiente al mes de enero de 2016, inclusive.

Impuestos Legislación

ARBA Resolución Normativa 65/15. Calendario de Vencimientos para el Año 2016.

Aprobar, como Anexos I a IV de la presente, el calendario de vencimientos para el año 2016 correspondiente a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, y para la presentación de la declaración jurada anual de los períodos 2015 y 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a fin de permitir a los contribuyentes el cumplimiento en término de dichas obligaciones fiscales.

Impuestos Legislación Societario y Contable

AFIP Resolución General 3823. Se Implementa el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y se deja sin Efecto la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).

Apruébase el “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones” (SIMI), siendo alcanzados aquellos sujetos comprendidos en el Apartado 1 del Artículo 91 de la Ley N° 22.415 y sus modificaciones —Código Aduanero— y en la Resolución General N° 2.551, inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros” previstos en el Título II de la Resolución General N° 2.570, sus modificatorias y sus complementarias, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.

Impuestos Legislación

Ministerio de Hacienda Ciudad de Buenos Aires Resolución 1715/15. Calendario de Vencimientos para el Período Fiscal 2016.

Establécense para el pago de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las fechas de vencimiento correspondientes al ejercicio fiscal del año 2016 que se determinan en el Anexo I (IF-2015-37716478-A.G.I.P.), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución.

Impuestos Legislación

ARBA Resolución Normativa 64/15. Se Extienden Regímenes de Facilidades de Pago Hasta el 29 de Febrero de 2016.

Extender, hasta el 29 de febrero de 2016, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, establecido en la Resolución Normativa N° 33/15.

Impuestos Legislación

AFIP Resolución General 3822. Se Deja Sin Efecto la Percepción del 35% para Operaciones en el Exterior con Tarjetas de Crédito Liquidadas a Partir de la Entrada en Vigencia de la RG 3819.

Las operaciones indicadas en el inciso a) del Artículo 1° de la Resolución General N° 3.450 y su modificatoria, canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o compra —comprendidas en el Sistema previsto en la Ley N° 25.065, administradas por entidades del país— cuya fecha de liquidación se produzca a partir de la vigencia de la Resolución General N° 3.819, no estarán alcanzadas por la percepción establecida en la primera de las normas citadas.

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