Legislación

Ley 27160. Asignaciones Familiares. Movilidad.

Se establece que las asignaciones familiares previstas en la ley 24714, con excepción de la asignación por maternidad, serán móviles. El cálculo del índice de movilidad se realizará conforme a lo previsto en el Anexo de la ley 26417, es decir de la misma manera que las jubilaciones. La movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización.

Scroll al inicio