Laboral y Previsión Social

Resolución S.T. Nº 728/13 (B.O. 13/08/2013). Molineros. Rama Harineros. C.C.T. N° 66/89. U.O.M.A. – F.A.I.M. Homologación Acuerdo Marzo 2013.

Con fecha 1 de julio de 2013 se registró la Resolución N° 728 de la Secretaría de Trabajo mediante la cual se declara homologado el Acuerdo entre la UNIÓN OBRERA MOLINERA ARGENTINA (UOMA) con la FFEDERACiÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA MOLINERA (FAIM) de fecha marzo 2013 para todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo 66/89.

Legislación

Resolución Normativa A.R.B.A. N° 26/13 (B.O.P.B.A. 22/07/2013). Impuesto Inmobiliario Complementario. Vencimiento Cuota Única y Primera. Prórroga.

A través de la presente se establece prorrogar, hasta el 9 de septiembre de 2013, el vencimiento para el pago de la cuota única del Impuesto Inmobiliario Complementario, establecido en el artículo 12, inciso 1) de la Resolución Normativa N° 20/13, como así también el vencimiento para el pago de la primera cuota del mismo impuesto, establecido en el artículo 12, inciso 2) de la Resolución Normativa N° 20/13.

Legislación

Resolución Normativa A.R.B.A. N° 25/13 (B.O.P.B.A. 22/07/2013). Régimen Especial de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para Actividades Agropecuarias. Artículos 452 y 455 de la Disposición Normativa Serie «B» N° 1/04 y Modificatorias. Excepción. Artículo 30 de la Ley Nº 14394. Resolución Normativa Nº 5/13. Prórroga de su Vigencia.

A través de la presente se prorroga, hasta el 30 de septiembre,la vigencia establecida en la Resolución Normativa ARBA 5/13 por la cual se dispuso que, entre el 1° de enero y el 30 de junio del corriente año, a efectos de determinar la alícuota de retención a aplicar de acuerdo con lo previsto en los artículos 452 y 455 de la Disposición Normativa Serie B N° 1/04, los agentes de recaudación obligados a actuar como tales de conformidad con el Régimen Especial de Retención para actividades agropecuarias, no deberán considerar lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N° 14394.

Laboral y Previsión Social

Molineros. Ramas Nutrición Animal y Procesadores Avícolas. C.C.T. N° 66/89. U.O.M.A. – C.A.E.N.A. y C.E.P.A. Nuevo Acuerdo Junio 2013. Incremento del 26%. Nuevas Escalas Salariales desde Junio 2013.

Los representantes de la UNIÓN OBRERA MOLINERA ARGENTINA (UOMA) anunciaron que se ha llegado a un nuevo acuerdo salarial con la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE NUTRICIÓN ANIMAL (CAENA) por un lado y con el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVÍCOLAS (CEPA) por el otro que beneficia a todos los trabajadores encuadrados en el ex Convenio Colectivo de Trabajo N° 66/89.

Laboral y Previsión Social

Papeleros. Rama Abrasivos. Ex C.C.T. 654/12. F.O.E.I.P.C.Y.Q. – C.A.F.P.A. Nuevo Acuerdo Mayo 2013. Nuevo Texto del C.C.T. Incremento del 27%. Nuevas Escalas Salariales desde Junio 2013 y Enero 2014.

Los representantes de la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTÓN Y QUÍMICOS (FOEIPCYQ) anunciaron que se ha llegado a un nuevo acuerdo salarial con la CÁMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS (CAFPA) que beneficia a todos los trabajadores encuadrados en el ex Convenio Colectivo de Trabajo N° 654/12.

Laboral y Previsión Social

Pasteleros. Rama Pizzería. C.C.T. N° 24/88. F.A.T.P.C.H.Y.A. – A.P.P.Y.C.E. Nuevo Acuerdo Julio 2013. Incremento del 29%. Asignación No Remunerativa. Nuevas Escalas Salariales desde Julio, Noviembre 2013 y Marzo 2014.

Los representantes de la FEDERACIÓN ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (FATPCHYA) anunciaron que se ha llegado a un nuevo acuerdo salarial con la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE PIZZERIAS, CASAS DE EMPANADAS Y ACTIVIDADES AFINES (APPYCE) que beneficia a todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/88.

Laboral y Previsión Social

Mecánicos. Rama Verificadores de Automotores. C.C.T. N° 594/10. S.M.A.T.A. – C.A.V.E.A. Nuevo Acuerdo Junio 2013. Incremento del 13%. Nuevas Escalas Salariales desde Julio y Octubre 2013.

Los representantes del SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) anunciaron que se ha llegado a un nuevo acuerdo salarial con los representantes de la CÁMARA ARGENTINA DE VERIFICADORES DE AUTOMOTORES (CAVEA) que beneficia a todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 594/10.

Laboral y Previsión Social

Mecánicos. Rama Talleres de Reparación. C.C.T. N° 27/88. S.M.A.T.A. – F.A.A.T.R.A. Nuevo Acuerdo 2013. Nuevas Escalas Salariales desde Julio, Noviembre 2013 y Marzo 2014.

Los representantes del SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUÚBLICA ARGENTINA (SMATA) anunciaron que se ha llegado a un nuevo acuerdo salarial con los representantes de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE TALLERES DE REPARACIÓN DE AUTOMOTORES Y AFINES (FAATRA) que beneficia a todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 27/88.

Legislación

Resolución S.S.S. N° 20/13. Homologase Tarifa Sustitutiva entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (U.A.T.R.E.) y la Cooperativa Tabacalera y Agropecuaria Del Chaco.

A través de la presente se declara homologada la nueva tarifa sustitutiva, a partir del 1° de mayo del año 2012 del convenio celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N°4 de fecha 1 de septiembre de 2010.

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