Laboral y Previsión Social Legislación

Homologación. C.C.T. Nº 524/07. Trabajadores del Espectáculo. Acuerdo y Escala Salarial Julio 2012 – Junio 2013. Resolución S.T. Nº 439/13.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SUTEP) y la ASOCIACION TELERADIODIFUSORAS ARGENTINA (ATA) juntamente con la CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISION ASOCIACION CIVIL (CAPIT).

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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 19/13 (B.O.P.B.A. 27/05/2013). Ingresos Brutos. Sujetos que Desarrollen Actividades en Áreas Comerciales no Convencionales. Régimen de Percepción. Modificaciones.

Establecer que los administradores de áreas comerciales no convencionales (ferias, mercados o similares) ubicadas en la Provincia de Buenos Aires, deberán actuar como agentes de percepción, con relación a los sujetos que realicen actividades en dichos predios; y que revestirán el carácter de sujetos pasibles de la percepción quienes comercialicen, en forma mayorista y/o minorista, los productos definidos en el artículo anterior, y/o presten servicios gastronómicos.

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Disposición A.F.I.P. Nº 72/13. Instrumentación del Registro de Proveedores de Contrataciones Centrales de la AFIP.

Instrumentar el Registro de Proveedores de Contrataciones Centrales, en adelante (RPCC), el cual funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Logística, a los fines de la inscripción de los interesados en participar en los procedimientos de selección de contratación que lleve a cabo la Unidad con Capacidad de Contratación Central, del Departamento Administración de Compras, conforme las especificaciones y requisitos establecidos por medio de la presente.

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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 18/13 (B.O.P.B.A. 28/05/2013). Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Ley nacional 25.872. Adhesión de la provincia. Impuesto sobre los ingresos brutos. Exenciones. Asistencia técnica. Beneficios crediticios. Ley 14.029. Condiciones para gozar de sus beneficios.

Establecer que los contribuyentes que deseen obtener su inclusión en el Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios y la consecuente exención impositiva de pago del impuesto sobre los ingresos brutos prevista en el art. 10 de la Ley 14.029, deberán formular tal petición ante el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, en su carácter de autoridad de aplicación de la citada ley.

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Resolución Normativa A.R.B.A. Nº 17/13 (B.O.P.B.A. 27/05/2013). Impuesto sobre los ingresos brutos. Operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías. Régimen de percepción. Alícuota. Disp. Norm. D.P.R. “B” 1/04. Su modificación.

Se modifica el porcentaje a aplicar a los fines de la liquidación de las percepciones elevándola al 2.5% cuando se trate de contribuyentes comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral y al 3% cuando se trate de contribuyentes locales de la provincia de Buenos Aires.

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