Ley 26844: Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
Se crea el régimen especial de contratao de trabajo para el personal de casas particulares.
Se crea el régimen especial de contratao de trabajo para el personal de casas particulares.
Impuesto a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la ley del gravamen. Resolución General Nº 2681 y su modificatoria. Su modificación.
Procedimiento. “Countries”, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y otros. Importes en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos. Régimen de información. Resolución General Nº 2159 y sus modificaciones. Su sustitución. Texto actualizado.
Establécese régimen de información a cumplir por empresas que presten determinados servicios. Déjase sin efecto Resoluciones Generales N° 1434, 1510, 1546 y 2164.
Entidades exentas. Artículo 20 de la ley del gravamen. Resolución General Nº 2681. Norma modificatoria y complementaria.
Estado de la Norma. Vigente B.O. 07/01/2011 Vigencia y Aplicación: 07/01/2011 (no especificado en la norma) Reglamenta a: Resolución N° 45/06 MTEySS Deroga a: Resolución N° 680/06 SE Resolución N° 1554/09 SE Resolución Nº 632/10 SE Modificada por: Resolución N° 625/13 SE Resolución N° 1479/13 SE Resolución N° 1038/14 SE Resolución N° 1964/14 SE Resolución N°
Se aprueba el sistema denominado «Simplificación registral», a través del cual se formalizarán las comunicaciones en el «Registro de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social», en adelante el «Registro», referidas al alta o la baja de cada uno de los trabajadores que incorpora o desafecta el empleador de su nómina salarial, así como a la modificación de determinados datos informados.
Se establece el calendario de feriados nacionales y días no laborables.
Establécese un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que por su naturaleza puedan dar lugar a la generación de crédito fiscal
Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación. Formalidades y plazos.
Incorpórase el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por hijo para Protección Social.
Impuestos a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la Ley de gravamen. Resolución General Nº 1815, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución.
Se establece que serán sujetos pasibles del régimen establecido por el Dto. 1.148/08, mediante la utilización del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias “SIRCREB”, aprobado por Res. Gral. C.A. 104/04 (Convenio Multilateral del 18/8/77), quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la provincia de Santa Fe, comprendidos o no en las normas del Convenio Multilateral; excepto para aquellos contribuyentes que realicen las actividades mencionadas en los arts. 7 y 8 del Régimen Especial del Convenio Multilateral, incluidos o no en el mismo. La aplicación del presente régimen se hará efectiva con relación a las cuentas abiertas a nombre de uno o varios titulares, sean personas físicas o jurídicas, siempre que cualquiera de ellos o todos revistan o asuman el carácter de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, comprendidos o no en las normas del Convenio Multilateral, y en tanto hayan sido incluidos en la nómina que será oportunamente remitida al agente de recaudación, sobre los importes que se acrediten en cuentas en pesos y en moneda extranjera abiertas en las entidades financieras referidas en el artículo siguiente.
Los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los bienes personales, para cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del gravamen, deberán observar los procedimientos, formas, plazos y condiciones que se establecen en esta resolución general.
Créase el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL que tendrá por objeto promover la incorporación de trabajadoras y trabajadores en empleos de calidad y/o la mejora de sus condiciones de empleo, mediante la asignación de una ayuda económica mensual que podrá ser descontada de su salario por los empleadores.