Blog del Contador
Sáb, 17 de May de 2025
Última Actualizacion: 12:14 Hs.
Laboral y Previsión Social
Paritarias 2018 Perfumistas (Obreros y Empleados STP) Acuerdo Con Aumento Del 15% + Modificaciones al CCT + Cláusula de Revisión. Nuevas Escalas Salariales Desde Junio/18 y Agosto/18 (CCT Nº 157/91)
El Sindicato de Trabajadores Perfumistas (STP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería (CAPA) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 157/91 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Junio de 2018 y hasta el 31 de Mayo de 2019.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 18/07/2018 18:10 Hs.
Compartí esta nota

El Sindicato de Trabajadores Perfumistas (STP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería (CAPA) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 157/91 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Junio de 2018 y hasta el 31 de Mayo de 2019.

[restabs alignment="osc-tabs-center" responsive="false"] [restab title="PUNTOS CLAVE" active="active"]

a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 15% respecto al sueldo básico vigente al 31 de mayo de 2018, remunerativo y no acumulativo, a abonarse de la siguiente manera:

 - 10% a partir del mes de Junio 2018,

- 5% a partir del mes de Agosto 2018.

b) Modificaciones al CCT: se conviene en modificar los siguientes puntos del convenio colectivo de trabajo 157/91:

  • ART 64: SALA CUNA
  • ART 65 PRESENTISMO Y PUNTUALIDAD
  • ART 67 BIS ALMUERZO

c) Cláusula de Revisión: Las partes asumen el compromiso de reunirse en el mes de diciembre de 2018, a fin de analizar las posibles variaciones económicas desde la vigencia del presente acuerdo, que puedan haber afectado las escalas salariales acordadas, y para el caso de resultar necesario establecer incrementos sobre ellas, los cuales se deberán aplicar a partir de enero 2019.

[/restab]

[restab title="ACUERDO"]

[wpdm_package id='12840']

[/restab]

[restab title="ESCALAS SALARIALES"]

[wpdm_package id='12848']

[/restab]

[restab title="HOMOLOGACION"]

El presente acuerdo no ha sido homologado mediante Resolución N° 271/18 de la Secretaría de Trabajo de fecha 22 de junio de 2018.[/restab]

[restab title="TOPES"]

El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]

De estos temas se habla en esta nota
Bienes Personales
Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.