La Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Combustible (FASPGyC) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con el sector empresario de la rama Gas Licuado correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 592/10 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.
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[restab title=»PUNTOS CLAVE» active=»active»]
a) Incremento Salarial: se establece un incremento del 15% sobre los salarios de Abril/2018 remunerativo y no acumulativo a abonarse en dos tramos de la siguiente manera:
– 9% a partir del mes de Mayo/2018,
– 6% a partir del mes de Octubre/2018.
A este incremento se le adicionará el 0,9% anunciado por el INDEC por el mes de Marzo/2018 más el porcentaje que surja para el mes de Abril/2018.
a’) Acuerdo Complementario: se establece un incremento complementario del 5% sobre los salarios de Abril/2018 remunerativo y no acumulativo a abonarse a partir del 1 de Agosto de 2018. VER ACUERDO COMPLEMENTARIO.
b) Suma Extraordinaria No Remunerativa: los empleadores deberán abonar a los trabajadores comprendidos en el CCT 592/10 una suma de carácter extraordinario y por única vez de $ 5.750.- que se hará efectiva junto con los haberes del mes de Julio/2018.
c) Cláusula de Revisión: las partes acuerdan reunirse en el mes de marzo de 2019 a fin de analizar las variaciones económicas que podrían afectar el presente acuerdo y proceder al ajuste de los salarios que corresponda.
d) Contribución Empresaria Extraordinaria: las empresas abonarán a los sindicatos de primer grado una contribución extraordinaria y por única vez de $ 2.600.- por cada trabajador comprendido en el convenio. D
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[restab title=»ACUERDO»]
Petroleros Privados (Gas Licuado) Acuerdo 2018 CCT 592-10
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[restab title=»HOMOLOGACION»]
El presente acuerdo ha sido homologado mediante Disposición N° 82/18 DNRYRT de fecha 1/6/2018.
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[restab title=»TOPES»]
El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]