La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá el próximo 21 de febrero en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para abordar el análisis de las remuneraciones mínimas para los trabajadores del sector, según lo establecido en la Resolución 1/2024 publicada en el Boletín Oficial del 14 de febrero.
Esta convocatoria se realiza en cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26.844 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares N° 2 de octubre de 2015 mediante la cual se prevé como atribución de su Presidente la convocatoria en sesiones plenarias y aprobar el orden del día de las sesiones plenarias ordinarias.
La reunión se llevará a cabo en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en caso de ser necesario y/o solicitado mediante plataforma virtual.
La convocatoria surge en cumplimiento del artículo 62 del Régimen especial de contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, instituido por la Ley N° 26.844. Según este artículo, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) es el órgano normativo propio del régimen legal y tiene la responsabilidad de fijar las remuneraciones mínimas para los trabajadores del sector.
El orden del día de la sesión plenaria incluirá específicamente el análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas, en consonancia con los fundamentos establecidos en la Resolución N° 1/2024, publicada en el Boletín Oficial del 14 de febrero.
Recordamos que la última discusión paritaria se dio en octubre pasado cuando se fijó la escala salarial vigente a partir de octubre, noviembre y diciembre de 2023 para los sueldos de los trabajadores y las trabajadores del servicio doméstico.
A través de la Resolución 6/2023, se fijó a partir de octubre , noviembre y diciembre de 2023 un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal de casas particulares que se hizo efectivo de la siguiente forma:
- 12%, a partir del mes de octubre de 2023;
- 12%, no acumulativo, a partir del mes de noviembre de 2023;
- 10%, no acumulativo, a partir del mes de diciembre de 2023.