La Subsecretaría de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y BioCombustible (FASPGyB) y el sector empresarial correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 592/10 que rige para todos los empleados petroleros privados de la rama gas licuado de todo el país con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Abril de 2018.
La mencionada homologación fue dispuesta por la Disposición N° 36/17 de la SSRL de fecha 26/06/2017.
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a) Incremento Salarial: se pacta un incremento del 21% sobre las remuneraciones básicas y sobre los conceptos previstos en los artículos 13 inc. b), 15, 16, 19 y sobre las sumas fijas diarias no remunerativas por día efectivamente trabajado de todas las categorías de convenio a partir del mes de Mayo de 2017.
b) Cláusula Gatillo: en el caso que el nivel inflacionario medido por el INDEC, para el período de vigencia del presente acuerdo experimentara un incremento superior al 21% se conovacará a una nueva reunión paritaria para consensuar los ajustes necesarios.
c) Suma No Remunerativa: se abonará a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 592/10 una suma no remunerativa de carácter extraordinario y por única vez de $ 5.000.- a abonarse conjuntamente con los haberes del mes de Julio de 2017.
d) Contribución Especial Extraordinaria: las empresas abonarán a los sindicatos de base adheridos a la Federación por única vez la suma de $ 2.260.- por cada trabajador encuadrado en el CCT 592/10. Dicho pago deberá abonarse antes del 5 de Noviembre de 2017.[/spoiler]
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ACUERDO
ESCALA SALARIAL
HOMOLOGACIÓN
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