La Unión Personal de Fábricas de Pinturas y Afines de la República Argentina (UPFPARA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Cámara de la Industria de la Pintura (CIP) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 86/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Febrero de 2018 y hasta el 31 de Enero de 2019.
[restabs alignment=»osc-tabs-center» responsive=»false»]
[restab title=»PUNTOS CLAVE» active=»active»]
a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 15% respecto a las remuneraciones del mes de Enero/18 a abonarse en dos tramos no acumulativos:
- 7% desde el 1 de Febrero de 2018.
- 8% desde el 1 de Agosto de 2018.
El incremento correspondiente al mes de febrero se liquidará y abonará junto con los haberes del mes de marzo.
(Nota: por acuerdo complementario firmado en el mes de junio se estableció adelantar el 8% pactado para el mes de agosto e incrementar un 5% adicional a partir de dicho mes logrando un 20% total anual).
b) Cláusula de Revisión: las partes acuerdan reunirse durante el mes de septiembre de 2018 para revisar el curso de las remuneraciones en comparación con el aumento del costo de vida y el poder adquisitivo del salario.
[/restab]
[restab title=»ACUERDO»]
[restab title=»ESCALAS SALARIALES»]
ESCALA SALARIAL VIGENTE SEGÚN ACUERDO COMPLEMENTARIO
ESCALA SALARIAL SEGÚN ACUERDO ORIGINAL
[restab title=»HOMOLOGACION»]El presente acuerdo aún no ha sido homologado.[/restab]
[restab title=»TOPE INDEMNIZATORIO»]El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]