El Ministerio de Trabajo creó el Plan Nacional de Empleo con el fin de promover y fortalecer el empleo decente de trabajadores/as desocupados/as, asalariados/as, independientes, de manera individual o asociativa, en situación de vulnerabilidad.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación creó el Plan Nacional de Empleo con el fin de promover y fortalecer el empleo decente de trabajadores/as desocupados/as, asalariados/as, independientes, de manera individual o asociativa, en situación de vulnerabilidad.
La medida fue implementada mediante la Resolución 1495/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial y establece que el Plan Nacional de Empleo se desarrollará en forma articulada, coordinada e integrada con el Plan de Formación Profesional y Continua.
Puntualmente, el Plan Nacional de Empleo tiene por objeto la promoción, el fortalecimiento, la formalización y el sostenimiento del empleo decente de trabajadores/as desocupados/as, asalariados/as, independientes, de manera individual o asociativa, en situación de vulnerabilidad, a través del diseño, sistematización e implementación de programas, proyectos y acciones que potencien la relación entre los/as trabajadores/as, los sectores productivos y los territorios involucrados.
Asimismo, la norma define que el mismo se implementará teniendo en cuenta las necesidades y experiencias de cada zona geográfica, ya sea del ámbito municipal y/o provincial, y estará orientado al desarrollo local y regional como así también poniendo énfasis en las características propias del sector de actividad en el que se insertan los/as trabajadores/as.
El flamante plan de empleo se implementará a través de cuatro Líneas de Acción las cuales llevarán a cabo sus objetivos mediante mecanismos de transferencia de ingresos a trabajadores y trabajadoras:
1. Promoción del Empleo Asalariado: dirigida a trabajadores/as en situación de vulnerabilidad y con dificultades en la inserción en empleos asalariados de calidad.
2. Promoción del Empleo Independiente: dirigida a trabajadores/as independientes de manera individual, asociativa y en unidades productivas autogestionadas en situación de vulnerabilidad laboral.
3. Sostenimiento del Empleo: dirigida a trabajadores/as asalariados/as, salvo aquellos/as alcanzados/as por el Programa REPRO, e independientes cuyos puestos de trabajo se encuentren afectados por situaciones de crisis.
4. Apoyo a trabajadores/as desocupados/as: dirigida a trabajadores/as desocupados/as, sea esta condición producto de un trabajo temporario o permanente o de su participación inicial en la búsqueda de un empleo.
Estas Líneas de Acción del Plan Nacional de Empleo se implementarán a través de los programas o acciones de promoción y protección del empleo vigentes en el ámbito del Ministerio de Trabajo que se ajusten a sus objetivos, y de nuevos programas a crearse o acciones específicas que se implementen bajo su marco.
RESOLUCIÓN (MTEYSS) 1495/2023
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