La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la periodicidad de la actualización de la tasa de interés de financiación variable aplicable a los planes de pago de la Ley 27.653 presentados por las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como por las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas “pequeños contribuyentes”.
A partir de abril de 2024, la actualización de la tasa dejará de ser semestral para convertirse en anual. La medida busca generar mayor estabilidad al monto de las cuotas, facilitando el cumplimiento de las obligaciones.
La Resolución General N° 5431, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que para las cuotas con vencimiento en los meses de abril de 2023 y siguientes, la tasa será variable y equivalente a la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del período de 12 meses que corresponda. A estos efectos, se considerará el período abril/marzo, siendo la primera actualización para la cuota con vencimiento en el mes de abril de 2023.
La tabla con la evolución mensual de la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, será publicada en el micrositio Mis Facilidades, a fin de otorgar previsibilidad respecto de los cambios de las tasas de financiación de los planes de facilidades de pago que aplican la misma.
Al respecto, señalamos que de no haberse aplicado esta suspensión en la actualización de las tasas de interés, se preveía otro fuerte aumento en las cuotas de octubre correspondiente a los planes de la moratoria 2020 de hasta 120 cuotas.
Así lo planteábamos a principios de este mes:
🚨 PLANES DE PAGO: Se viene otro fuerte aumento en las cuotas de octubre correspondiente a los planes de la moratoria 2020 de hasta 120 cuotas.
🔥El ajuste sería del 500% aproximadamente en relación al inicio de la moratoria.
❗Para este tipo de planes aplica tasa variable…— Blog del Contador (@BlogDelContador) October 6, 2023
El ajuste hubiese sido del 500% aproximadamente en relación al inicio de la moratoria.
Para este tipo de planes aplica tasa variable equivalente a la tasa BADLAR y se ajustaba en abril y octubre de cada año, antes de esta nueva resolución publicada hoy por AFIP. La nueva tasa BADLAR aplicable a partir de octubre está en el 112,6% anual y antes estaba en 72%.
En relación a las cuotas de septiembre, la tasa de interés de dichos planes habría pasado del 6% al 9,38% mensual. Ahora, este aumento no se aplica hasta el próximo mes de abril donde habrá que considerar la tasa BADLAR vigente en marzo de 2024. Por lo tanto el interés que cobrará AFIP hasta marzo se mantendrá en el mismo porcentaje que el vigente hasta septiembre.
Recordamos que a partir de abril de este año ya se habían incrementado las tasas de interés, pasando del 1,5% o 2% según el sujeto, al 6% mensual.
Resolución General 5431/2023