De acuerdo a las prórrogas otorgadas por la AFIP, las fechas de vencimiento para la presentación y pago, en caso de corresponder; de la declaración jurada determinativa de Ganancias y Bienes Personales, dependerán de la terminación de la CUIT:
Terminación de CUIT | Fecha de Vencimiento | Pago |
0-1-2-3 | 25/07/2018 inclusive | 12/06/2018 inclusive |
4-5-6 | 26/07/2018 inclusive | 13/06/2018 inclusive |
7-8-9 | 27/07/2018 inclusive | 14/06/2018 inclusive |
Recordamos que los vencimientos originales para la presentación operaban los días 12, 13 y 14 de junio y que luego fueron prorrogados por:
– Resolución General N° 4258: hasta el 11, 12 y 13 de julio según terminación de CUIT,
– Resolución General N° 4277: hasta el 25, 26 y 27 de julio según terminación de CUIT,
La presentación de las declaraciones juradas de carácter informativas de Ganancias y Bienes Personales podrá realizarse hasta el día 27 de julio, de acuerdo a la prórroga otorgada por la Resolución General N° 4258.
Aquellos que se encuentren obligados a presentar Declaración Jurada Determinativa del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2017 deberán realizarla exclusivamente a través del nuevo servicio con clave fiscal Ganancias Personas Humanas.
Los sujetos previstos en la Resolución General N° 2151 (excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30) deberán confeccionar sus Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales a través del servicio denominado Bienes Personales Web.
Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2442 y 4003, deberán realizar la presentación de la Declaración Jurada Informativa de los bienes al 31 de diciembre cuando se obtengan ingresos anuales iguales o superiores a $1.000.000 según se detalla:
- Servicio Bienes Personales Web: deberá utilizarlo para informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año.
- Servicio Ganancias Personas Humanas Web: deberá utilizarlo para informar el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros. El acceso podrás utilizarlo a partir del 24 de mayo de 2018, ingresando a la opción Régimen Simplificado del servicio Ganancias Personas Humanas.
Ingreso de anticipos de Ganancias y Bienes Personales periodo 2018
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- 1º anticipo del periodo 2018
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 13/08/2018 4-5-6 14/08/2018 7-8-9 15/08/2018
- 1º anticipo del periodo 2018
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- 2° anticipo del periodo 2018
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 16/10/2018 4-5-6 17/10/2018 7-8-9 18/10/2018
- 2° anticipo del periodo 2018
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3° anticipo del periodo 2018
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 13/12/2018 4-5-6 14/12/2018 7-8-9 17/12/2018
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4° anticipo del periodo 2018
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 13/02/2019 4-5-6 14/02/2019 7-8-9 17/02/2019 -
5° anticipo periodo 2018
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 15/04/2019 4-5-6 16/04/2019 7-8-9 17/04/2019
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