Programa ATP: AFIP habilitó la inscripción para los Créditos a Tasa Subsidiada
Programa ATP
Créditos a Tasa Subsidiada
El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción incorporó una nueva herramienta para asistir a las empresas en el pago de los salarios de sus trabajadoras y trabajadores correspondientes a julio: los Créditos a Tasa Subsidiada que estarán disponibles para aquellos empleadores con una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30%.
Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre los meses junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario.
A través de la Resolución General N° 4792, que será publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de acceder a los Créditos a Tasa Subsidiada.
El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento.
La solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada. Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive.
Los Créditos a Tasa Subsidiada serán destinados a pagar los salarios de trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas. Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.
La tasa de interés será fija y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019:
Variación nominal interanual en la facturación | Tasa de interés nominal anual (TNA) |
del 0% al 10% | 0% |
más del 10% hasta el 20% | 7,5% |
más del 20% hasta el 30% | 15% |
La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
¿Cuál es el monto máximo de cada Crédito a Tasa Subsidiada?
Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.
En ningún caso, el monto del Crédito a Tasa Subsidiada podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de las trabajadoras y trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020. De esta forma, una empresa con 10 trabajadoras y trabajadores que cumpla con los criterios de elegibilidad podrá solicitar un máximo de hasta $202.500.
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