Programa REPRO II: condiciones y plazo para la solicitud del beneficio de agosto

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores Independientes de sectores críticos para el mes agosto, a través de la Resolución 486/2021.

La normativa establece que los trabajadores deberán cumplir con un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, los cuales serán los siguientes:

  • Variación porcentual de la facturación
  • Variación porcentual del IVA compras.
  • Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto).
  • Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).
  • Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
  • Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
  • Variación porcentual de las importaciones.

Para todos los indicadores, excepto los de endeudamiento y liquidez corriente, el período de referencia será el de julio de 2021 y julio de 2019.

Para acceder al beneficio $ 22.000, se requiere que cada trabajador independiente presente una reducción de la facturación superior al 20%, para el período comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021.

Además, en esta resolución se exceptúa a los sectores críticos de la presentación del balance requerido por la Res N° 938/2020.

La inscripción a dicho programa estará disponible desde el 25 al 31 de agosto inclusive.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Vivo en la ciudad de Chivilcoy, tengo 28 años, soy Técnica en Contabilidad recibida en la Universidad Nacional de Luján. Actualmente estudio Contadora Pública.
Trabajo por cuenta propia y en una Empresa Financiera como administrativa, soy mamá de un hijo varón.

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1 comment

AccGeronimo says:

Un contribuyente, Monotributista inscripto a principios de este año no puede acceder al beneficio?

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