AFIP confirma mediante la RG 5006 la prórroga de Ganancias y Bienes Personales informando las nuevas fechas de vencimiento para la presentación y pago de ambas declaraciones juradas, incluyendo el impuesto cedular.
La RG 5006 fue firmada el viernes 4 de junio por Mercedes Marcó del Pont y será publicada próximamente en el Boletín Oficial.
Acceda al texto completo a continuación:
Destacamos que la prórroga no incluye la presentación y pago del impuesto sobre los bienes personales acciones y participaciones societarias.
Prórroga de Ganancias y Bienes Personales
Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, cuyos vencimientos operan durante el mes de junio de 2021, podrán cumplirse -en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 4.172, sus modificatorias y complementarias- hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
Terminación CUIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
---|---|---|
0, 1, 2 y 3 | 23/07/2021, inclusive | 26/07/2021, inclusive |
4, 5 y 6 | 26/07/2021, inclusive | 27/07/2021, inclusive |
7, 8 y 9 | 27/07/2021, inclusive | 28/07/2021, inclusive |
Mismas fechas fueron establecidas para los sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468 y sus complementarias (Impuesto Cedular).
Aplicativos web
Por otra parte, se confirma que las aplicaciones “web” correspondientes se encontrarán disponibles en el sitio “web” de la Administración Federal conforme se indica a continuación:
- Bienes Personales: desde la fecha de publicación de la RG 5006 en el Boletín Oficial,
- Ganancias Personas Humanas e Impuesto Cedular: desde el 18 de junio de 2021.
Fuente: Blog del Contador