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Prórroga de la recategorización para monotributistas: un repaso sobre las cuestiones a tener en cuenta

A través de la RG 5318/23, la Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP- decidió prorrogar hasta el día 27 del corriente mes el plazo para realizar la recategorización semestral de los monotributistas

¿Qué es la recategorización?

Consiste en realizar una evaluación sobre diferentes parámetros, los cuales permiten identificar si el contribuyente debe mantener la categoría en la que se encuentra o debe modificarla.

Si dichos parámetros superan o son inferiores a los de la categoría actual en la que cual se encuentra el monotributista, corresponde realizar la recategorización.

No deberán realizar la recategorización quienes se mantengan dentro de la misma categoría. O quienes tengan menos de seis meses desde que iniciaron la actividad.

¿Cuándo se realiza?

Los períodos donde se realiza la recategorización son en enero y julio de cada año. En ambos se evalúan los parámetros de la actividad durante los últimos 12 meses.

¿Cuáles son los parámetros?

  • Ingresos brutos acumulados
  • Energía eléctrica consumida (kw)
  • Alquileres devengados ($)
  • Superficie afectada a la actividad (m2)

¿Cómo se realiza la recategorización?

Una vez analizados los parámetros preliminares e ingresados los datos que determinen la nueva categoría del contribuyente, se procederá a culminar el trámite donde se emitirá una nueva credencial de pago correspondiente a la nueva categoría.

Esta credencial entrará en vigencia a partir del mes siguiente en el que se realice la recategorización; en este caso será a partir de febrero de 2023.

Recategorización de oficio

Es un proceso sistémico que se oficializa a través de AFIP de manera automática cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta.

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¿En qué consiste la recategorización de oficio?

El procedimiento inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un importe superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual el contribuyente está encuadrado.

Los monotributistas que sean recategorizados de oficio por AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.

La nueva categoría asignada podrá recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”. Vencido el plazo, el recurso podrá iniciarse mediante “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Recategorización de oficio del monotributo – recurso fuera de término”.

 

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Vivo en la ciudad de Chivilcoy, tengo 28 años, soy Técnica en Contabilidad recibida en la Universidad Nacional de Luján. Actualmente estudio Contadora Pública.
Trabajo por cuenta propia y en una Empresa Financiera como administrativa, soy mamá de un hijo varón.

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