AFIP prorroga la recategorización del Monotributo hasta el 2 de agosto

rg 5329, rg 5330

Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para cumplir con la recategorización será el 2 de agosto, aunque no se informó cuando estará disponible el sistema.


Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para cumplir con la recategorización será el 2 de agosto, aunque no se informó cuando estará disponible el sistema.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto. De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas  Fiscales Paliativas y Relevantes), que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún  trámite.

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.

Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La  ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas  permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP.

FUENTE: Prensa AFIP

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