La AFIP estableció mediante RG 4936 publicada hoy lunes en el Boletín Oficial la suspensión hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los sujetos que:
- revistan la condición de Micro o Pequeñas Empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES” y/o
- desarrollen como actividad principal alguna de las actividades económicas afectadas en forma crítica, de acuerdo a las recomendaciones emanadas del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción adoptadas por el Jefe de Gabinete de Ministros.
El listado de las actividades afectadas en forma crítica a que se refiere el párrafo anterior podrá ser consultado accediendo al siguiente link: www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio.
Por otra parte, se suspende hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, cuando se trate de contribuyentes o responsables no comprendidos en el listado anterior.
Sin perjuicio de lo expuesto, se podrán solicitar al juez competente las medidas detalladas precedentemente, las que no serán trabadas por el representante del Fisco hasta que haya finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior.
Finalmente, se aclara que lo establecido en la RG 4936 mencionada no obsta al ejercicio de las facultades de laAFIP en casos de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente.
Tipo de Sujeto | Ejecuciones Fiscales | Traba de Medidas Cautelares / Embargos sobre Fondos |
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Micro y Pequeñas Empresas | Suspendidas hasta el 31/3/2021 | Suspendidas hasta el 31/3/2021 |
Actividades Críticas | Suspendidas hasta el 31/3/2021 | Suspendidas hasta el 31/3/2021 |
Resto de contribuyentes | Vigentes | Suspendidas hasta el 31/3/2021 |